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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ PLASTICOS AZZANO S.R.L. S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial contra PLASTICOS AZZANO S.R.L. por el pago de $89.148,59 más intereses desde el 10/08/2021. El Tribunal ordenó la ejecución hasta el pago íntegro, aplicando intereses conforme al artículo 104 del Código Fiscal, con costas a la vencida y constitución del domicilio en el juzgado.

Ejecucion Domicilio constituido Deuda fiscal Apremio provincial 59 Costas a la vencida Ley 13.406 Fisco provincia de buenos aires Interes art.104 codigo fiscal Plasticos azzano s.r.l. $89.148

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: PLASTICOS AZZANO S.R.L. Objeto: Pago del capital reclamado de PESOS OCHENTA Y NUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y OCHO CON CINCUENTA Y NUEVE CENTAVOS ($89.148,59) más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (10/08/2021) hasta su efectivo pago. Decisión: Se ordenó llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada haga íntegro pago del monto reclamado con intereses, se impusieron las costas a la vencida, se diferenció la regulación de honorarios y se tuvo por constituido el domicilio de la demandada en los estrados del Juzgado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): AUTOS Y VISTOS: "Habiendo sido la demandada PLASTICOS AZZANO S.R.L. intimada de pago en el domicilio de MOSCONI 2551 CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES (ver mandamiento acompañado) y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155, concs. del C.P.C.C. y 25 ley 13406). Por ello, conforme lo solicitado, las constancias obrantes en autos y lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concs. del C.P.C.C., RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada PLASTICOS AZZANO S.R.L. haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires, del capital reclamado de PESOS OCHENTA Y NUEVE MIL CIENTO CUARENTA Y OCHO CON CINCUENTA Y NUEVE CENTAVOS ($89148,59). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/2011) desde la interposición de la demanda, -día 10/08/2021
- y hasta su efectivo pago. 2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (artículos 15 ap. 2º y 22 ley 13.406). 3) Hallándose la demandada debidamente anoticiada del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 10/08/2021, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénese por constituido su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese y Notifíquese (artículos 24 ley 13.406, ley 15007 y Ac. 4013)."
- Votos en disidencia: No consta disidencia en el bloque dispositivo final.

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