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CORINALDESI, ANALIA ELIZABETH c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamó la actora reajuste de haberes previsionales respecto de una PBU incorporada por la ley 24.241. La Cámara Federal de La Plata confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó la redeterminación de la prestación y rechazó los agravios de ANSeS, manteniendo el diferimiento de costas por la falta de contestación.

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¿Quién es el actor?

CORINALDESI, ANALIA ELIZABETH.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reajustes varios y actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) y demás componentes del haber previsional; declaración de inconstitucionalidad de ciertos topes y normas reglamentarias aplicables.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia apelada en todos sus términos con el alcance del apartado IV.2 (ratificando la procedencia parcial de la acción y las reglas para la redeterminación de la PBU), y dispuso sin costas de alzada por ausencia de contestación de apelación.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "En cuanto a las pautas para evaluar la confiscatoriedad, se deberá verificar la incidencia de la ausencia de incrementos de uno de los componentes de la jubilación sobre el total del haber inicial. Por lo tanto, a los efectos de determinar si la merma verificada supera la pauta de confiscatoriedad establecida en el precedente 'Quiroga', deberá efectuarse el siguiente cálculo: a) establecer la diferencia entre la PBU redeterminada y la PBU de caja, con el fin de cuantificar la ausencia de incremento a la fecha de adquisición del beneficio; b) seguidamente, deberá determinarse el porcentaje que significa dicha diferencia sobre el haber inicial total (PC y PAP sin reajustar -valores estimados por la caja
- más PBU reajustada). Dicho resultado, será multiplicado por 100 obteniendo así, el porcentaje de incidencia que la falta de incremento de la PBU tuvo en la prestación; y c) de ser el resultado obtenido confiscatorio en los términos fijados por el Alto Tribunal, corresponderá proceder a la redeterminación de la PBU." "Tal previsión introduce un límite no contemplado en la norma legal, configurando un exceso reglamentario que resulta inválido y, por ende, impondrá declarar su inconstitucionalidad (conf. esta CFALP, Sala I, FLP 25101284/2013, 'Marzocchini, Luis Héctor c/ ANSeS s/ Reajuste de haberes', del 21 de diciembre de 2021; Sala II, FLP 63583/2017, 'Balluchi, Luis Jorge c/ ANSeS s/Reajuste por movilidad, del 9 de abril 2024; y Sala III, FLP 981/2017, 'Vallejo, Natividad c/ ANSeS s/ Reajuste De Haberes', del 22 de diciembre de 2022)."
- Disidencias: No aparecen votos en disidencia en el acuerdo; la parte resolutiva expresa la decisión del Tribunal por unanimidad de acuerdo al texto final.

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