CHOROLQUE GABRIELA CELESTE Y OTRO c/ MINISTERIO DE SEGURIDAD Y OTROS s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
La actora demandó al Ministerio de Seguridad y otros solicitando la declaración de inconstitucionalidad del Decreto 679/97 y la devolución de los descuentos por elevación del aporte previsional. El Juzgado Federal de la Seguridad Social N°9 hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucional el Decreto 679/97, ordenó el cese inmediato de su aplicación y la devolución de las sumas descontadas con liquidación en 90 días, aplicando el precedente CSJN Pino Seberino.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Chorolque Gabriela Celeste y otro.
Demandado: Estado Nacional – Ministerio de Seguridad – CRJPPFA (Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina) y Gendarmería Nacional Argentina (GNA) como partes demandadas.
Objeto: Se solicita la declaración de inconstitucionalidad del Decreto 679/97 (que elevó el aporte previsional del 8% al 11%), el cese inmediato de su aplicación y la devolución de las sumas descontadas por dicho incremento, más intereses; además, se discute aplicación de la Ley 22.788 y la Ley 22.919 en la materia.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda en relación al descuento impuesto por el Decreto 679/97; se declaró la inconstitucionalidad del Decreto 679/97 que elevó el aporte previsional del 8% al 11%, se ordenó el cese inmediato de su aplicación y la devolución de las sumas descontadas en el término de 90 días desde la notificación de la sentencia; además, se ordenó practicar la liquidación de las sumas retroactivas adeudadas y activar los mecanismos conducentes para colocar al cobro los montos resultantes; costas a la vencida; regulación de honorarios del letrado actor en 15% del importe del crédito a liquidarse (con las previsiones indicadas).
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos relevantes y citas textuales):
“En consecuencia, declárese la inconstitucionalidad del Decreto 679/97 que elevó el aporte previsional del 8% al 11%, ordénese el cese inmediato de su aplicación y la devolución de las sumas descontadas en el término de 90 días desde la notificación de la presente.”
“Respecto de ello, la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dictado con fecha 07/10/21 el fallo ‘Pino Seberino y otros c/Estado Nacional – Ministerio del Interior s/Personal militar y civil de las FFAA y de Seg’… En tales condiciones, corresponde declarar la inconstitucionalidad del decreto 679/97.”
“En lo concerniente a los intereses a aplicar se liquidarán conforme la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina, me remito al precedente de la Excma. CSJN en autos ‘Spitale, Josefa Elida c/Anses s/impugnación de resolución’ del 14/09/04 y ‘Cahais, Ruben Osvaldo c/Anses s/reajustes varios’ del 18/04/2017.”
“Por ello, citas legales y jurisprudenciales, RESUELVO: 1) Hago lugar a la demanda incoada en relación al descuento impuesto por el Decreto 679/97 y remitiéndome por razones de economía procesal al fallo de la Excma. CSJN ‘PINO SEBERINO Y OTROS C/E.N-MINISTERIO DEL INTERIOR’ de fecha 07/10/2021.”
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia; la sentencia es de un solo magistrado en sede de primera instancia.
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