AREVALO MACHUCA MAXIMA S/ BENEFICIO LITIGAR SIN GASTOS
Se tramita un proceso cuya última actuación útil fue el acta de 24/02/2012 y se intimó por inactividad. El Tribunal decretó la caducidad de la instancia por incumplimiento de los plazos del art. 310 CPCC y condenó a la parte actora al pago de las costas, sin regular honorarios por resultar inoficiosa la labor letrada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Desconocido.
Demandado: Desconocido.
Objeto: No consta en el expediente remitido.
Decisión: Se decretó la caducidad de la instancia por inactividad procesal; se impusieron las costas a la parte actora; no se regularon honorarios por considerarlos inoficiosos. Registro, notificación y archivo.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal cual aparecen en la sentencia):
"Que con fecha 18 de agosto de 2026 se dispuso la intimación previa prevista en el art. 315 del CPCC (texto según ley 13.986) en razón de que la última actividad procesal útil a los efectos de impulsar el proceso, fue el acta labrada con fecha 24 de febrero de 2012."
"Sentado ello, y tomando en consideración que la parte actora no ha instado el proceso dentro del plazo establecido por el art. 310 del CPCC (texto según ley 13.986), pese a encontrarse debidamente notificada en la fecha antes señalada, en los términos del art. 10, Anexo I del Ac. 4039/21 SCBA; corresponde hacer efectivo el apercibimiento dispuesto y declarar la caducidad de la instancia."
Bloque dispositivo final:
"Decretar la caducidad de instancia en las presentes actuaciones (arts. 310, 315 y 316 del CPCC).
Imponer las costas a la parte actora en su calidad de vencida (art. 68 del CPCC)
No regular honorarios por la tarea profesional efectuada en autos en virtud de resultar inoficiosa (art. 30 Ley 14.967).
Regístrese. Notifíquese y oportunamente archivase."
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