BANCO PIANO S.A. (39) C/ GONZALEZ ELIDA LEONOR S/ COBRO EJECUTIVO
Se planteó la caducidad de la instancia por inactividad procesal en un proceso ejecutivo. El Tribunal decretó la caducidad por incumplimiento de los plazos previstos en los arts. 310 y 315 del CPCC, impuso las costas a la parte ejecutante y no reguló honorarios por resultar inoficiosa la tarea profesional.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: DESCONOCIDO (se alude a la "parte ejecutante" pero no se identifica por nombre en el texto proporcionado).
Demandado: DESCONOCIDO.
Objeto: Trámite de ejecución/continuación del proceso que fue declarado inactivo por falta de impulso de la parte ejecutante.
Decisión: Se decretó la caducidad de la instancia por inactividad procesal; se impusieron las costas a la parte ejecutante en su calidad de vencida; no se regularon honorarios por resultar inoficiosa la tarea profesional.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje original):
"Que con fecha 31 de agosto de 2026 se dispuso la intimación previa prevista en el art. 315 del CPCC (texto según ley 13.986) en razón de que la última actividad procesal útil a los efectos de impulsar el proceso, fue en fecha 24 de abril de 2026"
"Sentado ello, y tomando en consideración que la parte ejecutante no ha instado el proceso dentro del plazo establecido por el art. 310 del CPCC (texto según ley 13.986), pese a encontrarse debidamente notificada en la fecha antes señalada, en los términos del art. 10, Anexo I del Ac. 4039/21 SCBA; corresponde hacer efectivo el apercibimiento dispuesto y declarar la caducidad de la instancia."
"En virtud de lo expuesto y lo dispuesto por la Res. 3694/12 de la SCBA,
RESUELVO:
Decretar la caducidad de instancia en las presentes actuaciones (arts. 310, 315 y 316 del CPCC).
Imponer las costas a la parte ejecutante en su calidad de vencida (art. 68 del CPCC)
No regular honorarios por la tarea profesional efectuada en autos en virtud de resultar inoficiosa (art. 30 Ley 14.967).
Regístrese. Notifíquese y oportunamente archivase."
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