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BIRO DANIEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional y la declaración de inconstitucionalidades en normas aplicables. El Juzgado Federal Nº1 hizo parcialmente lugar a la demanda, ordenó recalcular el haber y pagar el retroactivo sin descuentos por impuesto a las ganancias, diferir ciertas cuestiones de inconstitucionalidad para ejecución y condenó en costas a ANSES.

Costas Impuesto a las ganancias Seguridad social Anses Retroactivos Reajuste de haberes Pbu Prestacion compensatoria Pap Inconstitucionalidad diferida


¿Quién es el actor?

BIRO DANIEL.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: reclamo de reajuste del haber previsional (re-determinación de PBU, Prestación Compensatoria -PC
- y Prestación Adicional por Permanencia -PAP-), movilidad del haber y declaración de inconstitucionalidades de diversos artículos de las leyes 24.463 y 24.241; impugnación de aplicación del Impuesto a las Ganancias sobre el haber y sobre eventuales retroactivos.

¿Qué se resolvió?

Se hizo parcialmente lugar a la demanda; se dejó sin efecto la resolución administrativa impugnada; se ordenó a ANSES abonar el haber recalculado y los retroactivos conforme las pautas del decisorio dentro de 120 días hábiles desde que la sentencia quede firme; se diferieron para la etapa de ejecución las inconstitucionalidades expresadas en los considerandos; se dispuso que el haber y las sumas a favor del actor sean abonadas íntegramente sin quita, con los límites porcentuales de las leyes de fondo; se impusieron las costas a ANSES; y se diferenció la regulación de honorarios para la etapa de ejecución.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "Como lo continúa diciendo el Máximo Tribunal, es el Congreso quien tiene la atribución de elegir los objetos imponibles, determinar las finalidades de percepción y disponer los modos de valuación de los bienes o cosas sometidos a gravamen, siempre que -en tal labor
- no se infrinjan preceptos constitucionales (Fallos: 314:1293; 332:1571; entre otros), con sustento en el principio de división de poderes y lo reglado por los arts. 4, 17 y 75 de la Constitución Nacional." "Resuelvo que, hasta que el Congreso Nacional legisle sobre el punto (y habiendo sido tal alternativa considerada en el fallo mencionado), no podrá retenerse suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias a la prestación previsional de la parte actora." "El haber calculado de conformidad con las pautas diseñadas en el presente decisorio, como asimismo las sumas que eventualmente resulten a favor de la parte actora, deberán ser íntegramente abonadas, sin quita alguna, de conformidad con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en autos 'Pellegrini, Américo c/ Anses / Reajustes Varios', sentencia del 28.11.2006."
- Disidencias: no existen votos en disidencia consignados; la decisión es dictada por la Dra. Karina Alonso Candis.

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