MUNICIPALIDAD DE JUNIN C/ GILES ANA CLARA Y OTRO/A S/ APREMIO
Acción de apremio extinguida por pago. El Tribunal admite la extinción de la acción por pago y regula honorarios, con imposición de tasa de justicia y emplazamiento al obligado para abonar las sumas adeudadas bajo apercibimiento.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: MUNICIPALIDAD DE JUNIN.
Demandado: GILES ANA CLARA y OTRO/A.
Objeto: Procedimiento de apremio por deuda municipal (acción de apremio).
Decisión: Se tuvo por extinguida la acción por pago; se regulan honorarios a la letrada del actor y se dispone el emplazamiento del obligado al pago de la tasa de justicia, contribución, bono ley y anticipo previsional, bajo apercibimiento de medidas de ejecución.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
"VISTO lo solicitado por el accionante en el escrito electrónico de fecha 01/09/2026, tiénese por extinguida la presente acción por pago (arts. 3, 7 y 865 del C.C. y C. de la Nación). ASI LO DECIDO."
"Consecuentemente, regulo los honorarios de la Dra. GRACIELA LILIANA PITA, en la suma equivalente a 5 IUS arancelarios con más el 10 % que determina la ley 6716 e IVA si correspondiera (art. 1, 2, 5, 16. 21. 22. 23, 34 y ccs. ley 14.967) Regístrese.
- Notifiquese automáticamente de conformidad con lo dispuesto por la Ac. 3991/21. (art. 54 ley 14.967)."
"Advirtiendo que no se ha oblado la tasa de justicia y su contribución la que según determina el Actuario en este acto asciende a la suma de $16.196,03 y $809,80 respectivamente; bono ley y anticipo previsional (arts. 251, 337 y cctes. CF, art. 21 ley 6717 y art. 3º ley 14967), y teniendo en cuenta lo resuelto por la Excma. Cámara Departamental en autos 'Fayolle c/ Scopelliti' (expte. nº 2289/2009, sent. del 6/10/09), en trámite por ante este Juzgado, corresponde a la Infrascripta emplazar al obligado al pago a que -en el plazo de cinco (5) días de notificado
- abone las sumas correspondientes bajo apercibimiento de arbitrar la medidas tendientes a lograr su percepción con la intervención del Organismo recaudador que corresponda. Notifíquese.
- (Ac.4039/2021)"
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