SALVAY HECTOR LUIS S/ SUCESION AB-INTESTATO
Trámite sucesorio por muerte de Héctor Luis Salvay para declarar herederos ab-intestato. El Tribunal declaró herederos a los hijos Hernán Luis Salvay y Lucía Azul Salvay y a la cónyuge supérstite Adriana Luján Belhart, ordenando la inscripción y cesando la intervención del Ministerio Fiscal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: DESCONOCIDO (no surge expresamente del texto suministrado).
Demandado: El causante HECTOR LUIS SALVAY (fallecido).
Objeto: Trámite sucesorio ab-intestato y declaración de herederos por fallecimiento del causante.
Decisión: Se declaró que por fallecimiento de Héctor Luis Salvay le suceden en carácter de herederos sus hijos Hernán Luis Salvay y Lucía Azul Salvay y su cónyuge supérstite Adriana Luján Belhart; además se declaró a la cónyuge heredar en cuanto a los bienes propios, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda respecto de los gananciales. Se ordenó el cese de la intervención del Ministerio Fiscal, registro y notificación.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal cual aparecen en la sentencia):
"Que con el certificado de fecha 12/6/26 se acredita el fallecimiento de SALVAY HECTOR LUIS ocurrido el día 17/3/2026."
"Que el causante había contraído matrimonio con ADRIANA LUJAN BELHART en fecha 16/5/1986 (v.doc. adjunta en fecha 12/6/26)."
"Que de esa unión nacieron HERNAN LUIS SALVAY EN FECHA 19/2/1987 Y LUCIA AZUL SALVAY EN FECHA 22/7/1989 (v.doc. adjunta en fecha 12/6/26)."
"Que con los recibos agregados en fecha 7/8/2026 consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2 del CPCC."
"Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto por los arts.7, 2.337, 2.340, 2424, 2426, y 2433 del CCyC y 735, 737 del CPCC se declara en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de HECTOR LUIS SALVAY le suceden en carácter de herederos sus hijos HERNAN LUIS SALVAY Y LUCIA AZUL SALVAY y su cónyuge supérstite ADRIANA LUJAN BELHART a quien también se le declara heredar en cuanto a los bienes propios, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales."
"Cése la intervención del Ministerio Fiscal. Regístrese. Notifíquese. Regístrese (art. 12 Acord. 2514/1992)."
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