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VON WULFFEN ANA MARIA S/ SUCESION AB-INTESTATO

Declaratoria de herederos por sucesión ab-intestato solicitada por los hijos de la causante. El Tribunal declaró a los hijos como herederos universales y ordenó la notificación electrónica, el cese de la intervención del Agente Fiscal y detalló los recaudos para la inscripción registral.

Codigo civil y comercial Declaratoria de herederos Inscripcion registral Tasa de justicia Notificacion electronica Agente fiscal Sucesion ab-intestato Herederos universales Recaudos registrales Arba rn 91/2010.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Los hijos de la causante identificados como GHELARDUCCI MARIO RICARDO; GHELARDUCCI JORGE ALBERTO; GHELARDUCCI MARIA MERCEDES; GHELARDUCCI FERNANDO JAVIER (solicitantes de la declaratoria). Demandado: VON WULFFEN ANA MARIA (causante, fallecida). Objeto: Declaratoria de herederos por sucesión ab-intestato de VON WULFFEN ANA MARIA. Decisión: Se hizo lugar a la solicitud y se declaró que, por el fallecimiento de VON WULFFEN ANA MARIA, le suceden en carácter de universales herederos sus hijos indicados; se ordenó registrarlo, notificar por domicilio electrónico, cesar la intervención del Agente Fiscal y se enumeraron los recaudos para inscripción de la declaratoria/partición.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): "1) Declarar que por el fallecimiento de VON WULFFEN ANA MARIA (D.N.I. F N°2.627.793) le suceden en carácter de universales herederos sus hijos GHELARDUCCI MARIO RICARDO, GHELARDUCCI JORGE ALBERTO, GHELARDUCCI MARIA MERCEDES y GHELARDUCCI FERNANDO JAVIER. REGISTRESE. Notifiquese mediante la remisión del presente proveído al domicilio electrónico de las partes y del Sr. Agente Fiscal, en los términos del Ac. 4039 de la SCBA (v. Ac. cit.,; art. 135 y concs. del CPCC)." "Teniendo en cuenta el dictado de la presente Declaratoria de Herederos y lo dispuesto por el art. 728 inc. 1 del digesto ritual, cese la intervención del Sr. Agente Fiscal (v. art. cit.; v Res. 315/2018; v. art. 29 inc. e) de la Ley 14.442)." "Que de conformidad con lo solicitado, lo dictaminado por el Sr. Agente Fiscal y lo dispuesto por los artículos 2335, 2337, 2338, 2340, 2424, 2426, 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación, arts. 735 y 737 del Código adjetivo, RESUELVO: 1) Declarar que por el fallecimiento de VON WULFFEN ANA MARIA... le suceden en carácter de universales herederos sus hijos... REGISTRESE." Además, el Tribunal enumeró los recaudos para la inscripción registral, entre ellos: notificación a todos los herederos, confección de la Declaración Jurada Patrimonial (art. 337 del Cód. Fiscal), adjuntar título de propiedad e informe de dominio, denuncia de porcentuales, abono de tasa de justicia y contribuciones, regulación y acreditación de honorarios y aportes de letrados, y cumplimiento de normas de ARBA y registración de automotores (RN 91/2010; art. 1º inc. b) Digesto).

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