BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ PLAZA JUAN JOSE S/ COBRO EJECUTIVO
El Banco Provincia promovió ejecución por saldos de tarjetas de crédito y un préstamo por $6.260.296,26. El Tribunal ordenó ejecutar hasta el pago íntegro del capital reclamado, con intereses liquidados según las pautas contractuales y de tasa activa bancaria, e impuso costas al ejecutado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, por apoderada Dra. Natalia Romina Spagoni.
Demandado: Sr. JUAN JOSÉ PLAZA.
Objeto: Ejecución por saldo deudor de tarjeta VISA n°1253954490 ($2.253.665,70), tarjeta MASTERCARD n°1226905-5 ($2.740.509,84) y préstamo bancario Nro. 335-4203430-4 ($1.266.120,72), total $6.260.296,26.
Decisión: Se ordenó llevar adelante la ejecución promovida hasta tanto el ejecutado abone íntegramente el capital reclamado $6.260.296,26 más intereses conforme a las pautas fijadas; se impusieron las costas al vencido y se difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales del fallo (transcripción de párrafos relevantes del expediente):
"PRIMERO: Que encontrándose vencido el plazo legal para que el demandado oponga excepciones conforme lo informado verbalmente por la Actuaria (art. 116 del CPCC) corresponde llevar adelante la presente ejecución (arg. art. 549 del CPCC)."
"SEGUNDO: Respecto a los intereses, teniendo a la vista lo pactado en el contrato de tarjeta de crédito VISA y MASTERCARD aportado, no siendo excesivos los intereses pactados, los mismos deben ser liquidados según la T.E.A.V. del 64,81 % para los compensatorios y la T.E.A.V. del 32,40 % para los punitorios, los que deberán ser calculados desde la fecha de mora (17/06/2025 y 05/03/2025, respectivamente) y hasta su efectivo pago."
"Por su parte, respecto del contrato de préstamo bancario, las partes han acordado que, para el caso de que se incurra en mora por la falta de pago, como lo es el caso de autos, se aplicará en concepto de compensatorios el 99,33% TEAV, con más los punitorios pactados en el 50% de éstos desde la fecha de mora. Analizado ello, y siendo que resultan excesivos los pactados, corresponde morigerarlos, aplicando desde la fecha de mora (28/02/2025) y hasta el efectivo pago, por todo concepto la tasa que cobre el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones ordinarias de descuento a 30 días (tasa activa)."
"TERCERO: Las costas han de ser impuestas al accionado en su carácter de vencido (arts. 556 y 68 del CPCC.)."
Bloque dispositivo final:
"FALLO: 1) Mandando llevar adelante la ejecución promovida por el Banco de la Provincia de Buenos Aires contra JUAN JOSE PLAZA hasta tanto el ejecutado haga a la acreedora íntegro pago del capital reclamado de $6.260.296,26.
- ... con más los intereses, que se liquidarán siguiendo las pautas establecidas en el considerando segundo. 2) Imponiendo las costas al accionado vencido (art. 68 del CPCC), difiriendo la regulación de los honorarios para la oportunidad prevista por el art. 51 de la ley 14.967. 3) Teniéndose por constituido el domicilio procesal del demandado en los estrados del Juzgado (arts. 40 y 41 del CPCC.)."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: