DI MARTINO RITA CARMELA S/ SUCESION AB INTESTATO (21)
Se homologó convenio de partición patrimonial y se ordenó su inscripción junto con las declaratorias de herederos. El Tribunal aprobó el convenio presentado por cumplido el plazo del art. 766 del CPCC y dispuso la expedición de las piezas para su anotación registral.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: DESCONOCIDO.
Demandado: DESCONOCIDO.
Objeto: Homologación de convenio de partición (convenio de partición acompañado en formato PDF en fecha 10/06/2026) y su anotación registral junto con órdenes de inscripción de declaratorias de herederos.
Decisión: Se aprobó (se homologó) el convenio de partición, por encontrarse cumplido lo ordenado y vencido el plazo previsto por el art. 766 del CPCC; se dispuso la anotación del convenio y la expedición de las piezas pertinentes para inscribirlo juntamente con las órdenes de inscripción de las declaratorias de herederos dictadas el 17/10/2011 y el 04/02/2026.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes, lenguaje original):
"AUTOS Y VISTOS: De conformidad con lo solicitado, el estado de las presentes actuaciones y encontrándose vencido el plazo previsto por el art. 766 del CPCC, apruébase el convenio de partición acompañado en formato PDF en fecha 10/06/2026 (arts. arts. 2364, 2369 CCCN) y arts. 761 y ccdtes. del CPCC).-
Procédase a su anotación juntamente con las órdenes de inscripción de las declaratorias de herederos dictadas con fechas 17/10/2011 y 04/02/2026. A tal fin, expídanse las piezas pertinentes. REGISTRESE en relación al RSI N° 855/11 y al RS Nº 10."
También constan en el registro de actuaciones: "A la presentación electrónica titulada ACOMPAÑA
- SE HOMOLOGUE PARTICIÓN. Por cumplido lo dispuesto en fecha 17/07/2026."
- No se consignan votos disidentes ni otros fundamentos en el texto suministrado.
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