IMPUTADO: CHAGRA, CARLOS MIGUEL JAVIER s/INFRACCION LEY 22.421 QUERELLANTE: FUNDACIÓN RED YAGUARETÉ Y OTROS
Imputado por caza de yaguareté fue condenado por el Juzgado Federal de Formosa N°2. El Tribunal homologó un acuerdo de juicio abreviado y condenó a Carlos Miguel Javier Chagra a 3 años de prisión en suspenso e impuso una reparación de $5.000.000 destinada a programas de conservación del yaguareté.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (Dres. Luis Roberto Benítez, Marisa Vázquez y José Rodríguez) y querellas (Parques Nacionales y Fiscalía de Estado de la Provincia de Formosa).
Demandado: Carlos Miguel Javier Chagra (DNI 23.718.853).
Objeto: Investigación y enjuiciamiento por la comisión del delito de caza de animales silvestres cuya captura está prohibida (Panthera onca, yaguareté), agravado por el concurso de tres o más personas (art. 25 Ley 22.421 y art. 45 CP).
Decisión: Se condenó a Carlos Miguel Javier Chagra a la pena de tres (3) años de prisión de ejecución en suspenso como coautor del delito imputado; se le impuso la obligación de satisfacer las costas; se fijó la reparación del daño en $5.000.000 (integrada con caución real de $3.770.000 y saldo en seis cuotas: 1ª $230.000 y cinco de $200.000 desde octubre de 2026); se asignó la distribución de la reparación: $2.000.000 al Ministerio de Producción y Ambiente de la Provincia de Formosa; $2.000.000 a la Fundación Red Yaguareté; $1.000.000 a la Secretaría de Ambiente de la Nación; se ordenó cómputo de pena, formación del legajo de ejecución penal y remisión al Tribunal Oral competente, envío al Registro Nacional de Reincidencias y publicación de la sentencia. (La descripción coincide con el bloque dispositivo final).
- Fundamentos principales (transcripción de pasajes relevantes del fallo):
"Previo al análisis sobre la admisibilidad del acuerdo de juicio abreviado, es necesario enfatizar en la magnitud jurídica, social, cultural y simbólica del hecho juzvalorado... derechos colectivos de trascendencia intergeneracional, como los que se infringieran, a criterio de esta juzgadora, a raíz de la conducta aquí reprochada."
"De acuerdo a la plataforma fáctica descripta en el requerimiento de elevación a juicio, reconocida y consentida por el procesado en el acuerdo de juicio abreviado, en la presente causa se tiene por acreditada la participación Carlos Javier Chagra, junto a otras personas no identificadas, en la caza furtiva de un ejemplar de yaguareté (Panthera Onca) el 19 de diciembre de 2022..."
"La versión brindada por el denunciante... resultó acreditada a partir de la colección de evidencias... surge una manifiesta preparación de la maniobra y ejecución del plan criminal... la persecución llevada a cabo, finalmente arribó a su objetivo ulterior; esto es, la caza del individuo...".
"La letra legal en su parte pertinente reza que: 'Será reprimido con prisión de dos (2) meses a dos (2) años...'; agravando la pena... de cuatro (4) meses a tres (3) años... cuando el hecho se cometiere de modo organizado o con el concurso de tres (3) o más personas...".
"Por ello, habiendo analizado la totalidad de las constancias obrantes en autos, se concluye que los elementos indiciarios y de prueba colectados hasta el momento revisten la entidad y eficacia suficiente para tener por acreditada la existencia del hecho y la responsabilidad penal del imputado..."
"Partiendo de que el daño ambiental causado en este caso resulta difícil de dimensionar... la reparación que corresponda establecer debe guardar relación tanto con la entidad del daño ocasionado como con las posibilidades concretas del condenado... fijando la misma en cinco millones de pesos ($5.000.000), la que será integrada con el monto de la caución real ya depositada... y el remanente a abonarse en seis cuotas..."
- No hubo votos en disidencia; la sentencia es unipersonal (Dra. María Belén López Macé) y el bloque dispositiv o final es el que fue dictado.
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