LUEIZ, SUSANA BEATRIZ c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
La actora reclamó reajuste de haberes previsionales (PBU) y cuestionó la aplicación de leyes y decretos de movilidad. La Cámara Federal de Mar del Plata revocó parcialmente la sentencia de grado, declaró inconstitucional el art. 1º de la ley 27.609 para este caso, difirió cuestiones de topes y quitas para liquidación, ordenó adicionar intereses según la tasa pasiva promedio del BCRA y confirmó el resto de la sentencia.
¿Quién es el actor?
LUEIZ, Susana Beatriz (actora beneficiaria previsional).
¿A quién se demanda?
ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes previsionales (PBU), impugnación de la fórmula y normativa de movilidad (ley 27.609 y art. 1º), aplicación de Ley 27.426 y Dec. 1058/2017, tratamiento de bonos extraordinarios, exclusión de aportes monotributistas “W”, tasa de interés, exención del impuesto a las ganancias y costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de grado y, conforme a precedentes de la Corte y de esta Alzada, declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del art. 1º de la ley 27.609 al caso, ordenó que se practique liquidación conforme al precedente “Cortez” y que a las sumas adeudadas se adicionen intereses conforme la tasa pasiva promedio que elabora el BCRA; además diferir para la liquidación la demostración de eventual quita o merma confiscatoria respecto del ajuste de la PBU, declaró de tratamiento abstracto el planteo sobre Ley 27.426 y Dec. 1058/2017, y confirmó el resto de la sentencia apelada, imponiendo las costas a la vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"III.
- En cuanto al primer agravio de la parte demandada, siendo que ello resulta sustancialmente análogo a lo examinado por esta Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, en el fallo: “FARES TAIE BERTA c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES”, 'PROTOCOLO Aco. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 021067977/2006/CA001 Fecha: 02/12/2016, es que corresponde confirmar lo resuelto por el juez de grado, remitiendo a los fundamentos vertidos en los fallos citados, que pasan a formar parte del presente resolutorio."
"IV.
- En cuanto al agravio vinculado con el reajuste de la PBU, el mismo resulta sustancialmente análogo a lo examinado por esta Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, en el fallo: “GIANOLI, NORMA ISABEL c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES”, 'PROTOCOLO Aco. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 062011554/2011/CA001 Fecha: 18/02/2016, entre otros, que remiten a los antecedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en “QUIROGA CARLOS ALBERTO C/ANSeS S/REAJUSTES VARIOS”, Fecha 11/11/2014, por lo que corresponde revocar y remitir a los fundamentos allí vertidos, que pasan a formar parte del presente resolutorio."
"XI.
- En referencia al agravio vinculado con la tasa de interés aplicada, corresponde remitir a lo examinado por esta Alzada en los autos “AGUIRRE, MARIA NORA c/ ANSeS s/IMPUGNACION de ACTO ADMINISTRATIVO”, 'PROTOCOLO Aco. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 007771/2020/CA003 Fecha: 14/10/2024, y disponer que a las sumas adeudadas se le adicionen intereses, conforme la tasa pasiva promedio que elabora el Banco Central de la República Argentina..."
- Disidencias: No consta voto en disidencia en la parte resolutiva final; la decisión es la que figura en el bloque dispositvo.
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