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GIMENEZ, CARLOS HUMBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reclamo previsional por reajuste de haberes por retiro transitorio por invalidez. La Cámara Federal de Córdoba modificó la sentencia de primera instancia imponiendo las costas de primera instancia en el orden causado y confirmó el resto de lo resuelto, disponiendo además costas de Alzada a cargo de la parte demandada y regular honorarios del apoderado de la actora en 30%.

Costas Anses Retiro por invalidez Reajuste de haberes Actualizacion de remuneraciones Isbic Elliff Camara federal de cordoba Ley 27.423 Ley 24.241


¿Quién es el actor?

Giménez, Carlos Humberto.

¿A quién se demanda?

ANSES.
- Objeto de la demanda: Reajustes varios / recalculo del haber previsional (retiro transitorio por invalidez obtenido el 21/03/2012) y reclamo de actualización del haber.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de fecha 8/6/2020 respecto de la imposición de costas de primera instancia (imponiéndolas en el orden causado) y confirmó en todo lo demás lo decidido por el Juzgado Federal N°3 de Córdoba; asimismo impuso las costas de segunda instancia en el orden causado y reguló los honorarios de la asistencia letrada de la parte actora en el 30% de lo que se estime en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes):
- "Se debe valorar la fecha de obtención del beneficio y las pautas establecidas en los artículos 24 inc a) y 97 de la Ley 24.241
- según corresponda
- y actualizar las remuneraciones devengadas hasta el mensual de febrero de 2009 inclusive, conforme el Índice de Salarios Básicos de la Industria y la Construcción (I.S.B.I.C.). Para el período posterior, debe estarse a lo dispuesto por la normativa aplicable según la fecha de obtención del beneficio."
- "No impide la aplicación del fallo 'Elliff' el hecho de que éste fuera dictado en un beneficio de jubilación ordinaria, en tanto a los efectos de la actualización de los haberes, dicho sistema como el retiro por invalidez, revisten similitud (conforme C.F.S.S. Sala II, 3/8/2010), en autos 'Del Papa, Ana Lía c/ AN.SE.S. s/ Reajustes Varios'."
- "En virtud de ello y atento al resultado arribado en la instancia de grado en donde la actora vio satisfecha parcialmente su pretensión, toda vez que fue rechazado el pedido de reajuste de su haber, corresponde hacer lugar a la presente queja e imponerlas en el orden causado (conf. arts. 279 y 68, 2da parte del CPCCN y art. 36 de la Ley N° 27.423)."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en la parte resolutiva ni en el texto remitido; la decisión consignada en la parte resolutiva es la que constituye el pronunciamiento mayoritario.

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