Logo

CASAIS, MARCELA NOEMI c/ SOCIEDAD ITALIANA DE BENEFICENCIA EN BUENOS AIRES- HOSPITAL ITALIANO- s/DESPIDO

La actora reclamó indemnizaciones por despido y daños contra el Hospital Italiano por una relación laboral. El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nº16 rechazó la demanda al considerar acreditada una relación de prestación profesional autónoma y no de dependencia laboral.

Costas Honorarios Prueba testimonial Peritaje Relacion de dependencia Regulacion de honorarios Despido Profesional autonomo I.v.a. Telemedicina


¿Quién es el actor?

Marcela Noemí Casais.

¿A quién se demanda?

Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires – Hospital Italiano.
- Objeto de la demanda: Cobro de sumas por despido, indemnizaciones, reintegro de gastos de tratamiento psicológico y reparación por daño psicológico y moral; se discutía la existencia de relación de dependencia laboral vs. relación profesional autónoma.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la demanda en todas sus partes y se absolvió a la demandada de las resultas del proceso; se impusieron las costas en el orden causado y se regularon honorarios y peritajes conforme lo consignado en el fallo.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "En suma, si bien la actora prestó servicios de carácter personal propios de su condición de médica anestesióloga, las circunstancias particulares del caso conducen a considerar que el vínculo bajo análisis no constituyó una relación laboral caracterizada por la subordinación jurídica, técnica y económica de una parte a la otra, sino una relación relativa a servicios profesionales autónomos, por lo que la demanda instaurada debe ser desestimada en todas sus partes (art. 499 del Código Civil, art. 726 del Código Civil y Comercial)." "Corresponde destacar, además, que la accionada abonaba a la actora la incidencia del I.V.A. sobre los conceptos facturados ... de lo que -además
- se desprende que la actora registraba tres puntos de venta distintos ante el organismo." "La prueba testimonial recibida en la causa reveló que si bien el hospital daba los turnos a los pacientes, los horarios no eran fijados por el hospital, sino por los médicos que hacían prequirúrgico ... los profesionales integrantes de ese servicio decidían que días podían ir a trabajar y contaban con flexibilidad para realizar cambios de horario ..."
- Disidencias: No existen votos en disidencia en el expediente; la decisión es del juez de primera instancia.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar