KESSLER ANA MARIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reclamó la actora reajustes varios de haberes previsionales, incluyendo actualización de la Prestación Básica Universal y cuestionamientos a la Ley 27.609 y bonos extraordinarios. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado, diferió para la etapa de ejecución el examen de la inconstitucionalidad de la Ley 27.609 y la aplicación del precedente Villanustre y de los “bonos”, confirmó lo demás y reguló honorarios de alzada al 30% con más IVA.
¿Quién es el actor?
Kessler Ana María.
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
- Objeto de la demanda: Reajustes varios de haberes previsionales, con pedido de actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), impugnación de la Ley 27.609 y de decretos/bonos extraordinarios, y cuestiones sobre intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia apelada, diferió para la etapa de ejecución (liquidación) el tratamiento de la inconstitucionalidad de la Ley 27.609, la aplicación del precedente “Villanustre, Raúl Félix” y la incorporación de “bonos” y/o “refuerzos extraordinarios”; diferió la regulación de honorarios de Primera Instancia; confirmó la sentencia de grado en lo demás; impuso costas de Alzada a la demandada vencida conforme doctrina de la CSJN en “Morales Blanca Azucena”; reguló honorarios de la representación letrada de la actora por su actuación en la Alzada en el 30% de lo fijado por su actuación en la instancia anterior más IVA; y devolvió las actuaciones al Juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
1) "Respecto de la PBU, conforme lo resuelto por unanimidad por este Tribunal en autos “Battipede Carlos Omar c/ANSeS s/Reajustes Varios”, expte. 25234/13, sent. del 26.10.2022, y en el expediente “Berardi, Salvador c/ANSeS s/Reajuste Varios”, expte. 110275/09, sent. del 07.03.2023, corresponde confirmar lo resuelto en la instancia de grado y ordenar la actualización de la Prestación Básica Universal conforme lo resuelto en la jurisprudencia citada."
2) "En consecuencia, a la luz de los precedentes citados, el contexto de cambio y la posibilidad de una solución normativa, me llevan a concluir que sería prudente diferir el tratamiento de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 para la etapa de ejecución."
3) "Las manifestaciones que vierte el organismo sobre la aplicación del precedente “Villanustre, Raúl Félix” (sentencia del 17 de diciembre de 1991) son meramente conjeturales y –por lo tanto
- no constituyen un agravio concreto a la sentencia (CPCCN, art. 265). ... En consecuencia, la cuestión atinente a la aplicación del precedente citado, se difiere para la etapa de ejecución de sentencia."
4) "En relación al planteo efectuado respecto a la ley 27.426, atento a que en el período en cuestión la parte actora no gozaba del beneficio previsional que intenta reajustar, resulta abstracto expedirse al respecto."
5) "En consecuencia se declara la inconstitucionalidad del art. 9 Inc. 3) de la Ley 24.463 (conf. Fallo: CSJN “Rapisarda, José León c/ Administración Nacional de la Seguridad Social s/ Reajustes Varios” sentencia del 6 de agosto de 2015”), en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en aquel precedente
- y se confirma lo resuelto en la instancia de grado."
- Disidencia relevante: El Dr. Juan A. Fantini expresó su disidencia con el voto decisorio; formuló criterios alternativos sobre la redeterminación del haber inicial y la forma de recalcular la PBU, y sostuvo consideraciones propias en torno a la actualización de remuneraciones y prestaciones compensatorias, indicando que adhieren en parte a lineamientos de otros precedentes citados por él (mencionado como disidencia en el cuerpo del fallo).
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