GOMEZ JORGE IGNACIO c/ MINISTERIO DE SEGURIDAD Y OTROS s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Demanda del retirado GÓMEZ por inclusión del suplemento zona en el haber de retiro. El Juzgado Federal de la Seguridad Social rechazó la demanda por no ser aplicable el Decreto 380/17 al personal retirado y consideró que el suplemento no reúne generalidad, habitualidad y permanencia.
¿Quién es el actor?
GÓMEZ JORGE IGNACIO.
- Demandados: Estado Nacional
- Ministerio de Seguridad; Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal; Prefectura Naval Argentina.
- Objeto de la demanda: Que se incorpore al haber de retiro del actor el "SUPLEMENTO ZONA" creado por el Decreto 380/17 con carácter remunerativo y bonificable, pago de diferencias retroactivas más intereses y costas.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda presentada por GÓMEZ JORGE IGNACIO; se impusieron las costas al actor y se regularon los honorarios de su representación en la cantidad de 10 UMA (equivalente a $1.042.200 a la fecha).
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos de la sentencia):
"II.
- Que el suplemento por ‘Zona’, creado mediante el Decreto 380/17 en el marco del nuevo despliegue territorial de la Policía Federal Argentina, tiene por objeto reconocer y compensar al personal que presta servicio en distintas regiones del país, considerando las particularidades operativas de cada área. Dicha medida responde a la necesidad de adecuar la estructura salarial a las condiciones específicas del servicio en el interior del país, asegurando así una mayor eficiencia en la prevención y combate del delito. Asimismo, este suplemento se inscribe dentro de una serie de disposiciones orientadas a optimizar la labor policial, en conjunto con la creación del ‘Programa de Alta Dedicación Operativa (P.A.D.O.)’ y otros incentivos, como el suplemento por ‘Función Técnica de Apoyo’ y por ‘Función Policial Operativa’, los cuales buscan garantizar una mejor gestión y operatividad de la fuerza de seguridad a nivel federal. En virtud de las constancias obrantes en autos, habiéndose acreditado que el actor reviste la condición de personal retirado de la Prefectura Naval, no corresponde analizar la aplicabilidad del referido decreto y en consecuencia corresponde rechazar la demanda."
"De la prueba producida en autos se desprende que el suplemento por zona no reúne las características de generalidad, habitualidad y permanencia invocadas por la parte actora, ya que se abona únicamente al personal que desempeña sus tareas en ambientes o zonas insalubres y se encuentra limitado a las localidades fijadas como “Puntos Geográficos” donde se encuentra destinado determinado personal militar en actividad, de acuerdo con la Resolución MD Nro. 1459/93."
"IV.
- Las costas serán impuestas en el orden causado, en atención a las particularidades de la causa, la índole del tema debatido y a que la parte demandante pudo creerse con derecho a reclamar (art. 68, segundo párrafo del CPCCN)."
- Disidencias: No constan votos en disidencia; la resolución es unitaria.
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