BUSTAMANTE JOSE FRANCISCO Y OTROS c/ MINISTERIO DE DEFENSA-EMGE s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
Los actores solicitaron reconocimiento como Veteranos de Guerra y pensión honorífica por su supuesta participación en el Conflicto del Atlántico Sur. El Juzgado rechazó la demanda por no acreditarse que los demandantes estuvieran destinados en el Teatro de Operaciones de Malvinas o hubieran entrado efectivamente en combate, imponiendo costas y regulando honorarios por $1.000.000.
¿Quién es el actor?
BUSTAMANTE JOSE FRANCISCO; IBARRA MARCELO ANTONIO; ISSIN JORGE ALBERTO.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Ministerio de Defensa de la Nación
- Estado Mayor General del Ejército Argentino.
- Objeto de la demanda: Reconocimiento de la condición de Veteranos de Guerra del Conflicto Bélico del Atlántico Sur y otorgamiento de la Pensión de Guerra con sus respectivos retroactivos e intereses; además, declaración de inconstitucionalidad del Decreto 509/88.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda; se impusieron las costas por su orden (art. 68, 2º párr. CPCCN) y se regularon los honorarios de la representación letrada de la parte actora en $1.000.000.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
1) "En efecto, no se ha acreditado en la causa con la prueba ofrecida y producida, que los demandantes hayan cumplido tareas en el marco territorial conocido como teatro de Operaciones Malvinas –TOM-, y posteriormente Teatro de Operaciones del Atlántico Sur
- TOAS ni tampoco han demostrado actividad alguna equiparable a las de quienes sí entraron en combate."
2) "En autos no se ha probado que los demandantes hayan cumplido actividades equiparables a las de quienes han sido calificados como veteranos en los términos y con los alcances exigidos para acceder al beneficio reclamado; por ende, no aparece tampoco justificada la declaración de inconstitucionalidad propiciada en el escrito de inicio."
3) "Por lo precedentemente expuesto, RESUELVO: 1) Rechazar la demanda entablada por BUSTAMANTE JOSE FRANCISCO, IBARRA MARCELO ANTONIO Y ISSIN JORGE ALBERTO contra el Estado Nacional
- Ministerio de Defensa de la Nación
- Estado Mayor General del Ejercito Argentino 2) Imponer las costas por su orden, de conformidad con el art. 68, segundo párrafo del C.P.C.C.N; 3) Regular los honorarios de la representación letrada de la parte actora en la suma de pesos $1.000.000.
- (pesos un millón)..."
- Votos en disidencia: No se registra voto en disidencia en el expediente; la resolución es de competencia del Juzgado Federal de la Seguridad Social N°6 y la decisión consignada fue dictada por la Jueza Federal Subrogante Valeria A. Bertolini.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: