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QUIÑONEZ NOTARIO LUCIANO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra la ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional y la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) por supuesta confiscatoriedad. El Juzgado hizo lugar parcialmente y ordenó recalcular y abonar el haber y retroactivos conforme las pautas fijadas, difiriendo al momento de ejecución el tratamiento del art. 9 de la ley 24.463 e imponiendo costas a la demandada.

Inconstitucionalidad Anses Confiscatoriedad Retroactivos Pbu Prestacion compensatoria Pap Reajustes varios 27.426 27.609) Prescripcion (art.82 ley 18.037) Movilidad (leyes 26.417


¿Quién es el actor?

QUIÑONEZ NOTARIO LUCIANO.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
- Objeto de la demanda: Reajuste y actualización del haber previsional (PBU, Prestación Compensatoria
- PC y Prestación Adicional por Permanencia
- PAP), declaración de inconstitucionalidad de diversas normas (artículos de las leyes 24.241, 24.463; normas reglamentarias y otras leyes de movilidad), y pago de retroactivos y diferencias.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la defensa de prescripción invocada por ANSES y, en mérito de los considerandos, se hizo lugar parcialmente a la demanda. Se ordenó a ANSES que abone al actor el haber recalculado y los retroactivos conforme las pautas del decisorio dentro de 120 días; se difirió el tratamiento del art. 9 de la ley 24.463 para la etapa de ejecución; se dispuso que las sumas a favor del actor se abonen íntegramente sin quita; se impusieron las costas a la demandada; y se diferió la regulación de honorarios para la etapa de ejecución.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): 1) "En cuanto a la cuestión de fondo, cabe recordar que en la determinación del haber mensual de la PBU no entran directamente en juego las remuneraciones del afiliado, sino que ésta está constituida por un monto fijo, determinado por el legislador en la ley 26.417 (B.O. 16/10/08)." 2) "Atento a lo resuelto por el Alto Tribunal en el fallo 'Quiroga, Carlos Alberto c. Anses s. Reajustes Varios, sentencia del 11 de noviembre de 2014, corresponde diferir el cálculo a los fines de verificar la confiscatoriedad para la etapa de ejecución (conf. C.S.J.N. in re 'Actis Caporale', Fallos 323:4216)." 3) "Por lo expuesto corresponde efectuar el siguiente cálculo: PBU (reajustada) – PBU (sin reajustar) = 'X'. A ese importe 'X' dividirlo por el HABER INICIAL REAJUSTADO según sentencia: (PBU (sin reajustar) + PC (reajustada) + PAP (reajustada) = 'XX' importe que multiplicado por 100 arroja finalmente el porcentaje % correspondiente, el cual deber ser mayor a 15." 4) "En virtud de lo señalado se deben aplicar tales precedentes en la determinación del haber inicial, considerando a tal efecto la totalidad de los aportes efectuados al sistema." 5) "El artículo 14.2 de la Resolución S.S.S. 06/09 ... es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria, imponiendo un parámetro que el artículo reglamentado no contiene. En consecuencia, no es necesario posponer su tratamiento y verificar su operatividad y lo declaró inconstitucional en este acto." 6) "Las diferencias a favor del actor deberán abonársele sin merma alguna. ... Ello así, en el entendimiento que ni la ley 24.241 ni en su modificatoria la ley 24.463, en lo que aquí interesa, se advierte norma alguna que autorice dichas mermas."
- Votos en disidencia: No hay votos de Cámara ni disidencias en este pronunciamiento de primera instancia.

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