OLIVER GIMENA NATALIA C/ AUTOPISTAS DEL SOL SA Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Demanda por daños y perjuicios por la muerte de Héctor Aldo Martínez en accidente en Panamericana; se confirmó la condena principal a los demandados por responsabilidad objetiva y se modificó la sentencia para extender la condena a la aseguradora Zurich en los términos de la póliza y para alterar el cómputo de intereses respecto del rubro daño psíquico.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Gimena Natalia Oliver, por derecho propio y en representación de su hijo menor Gael Martínez.
Demandado: Brian Ezequiel Fernández; Autopistas del Sol S.A.; Seguros Bernardino Rivadavia Cooperativa Limitada; Zurich Compañía de Seguros S.A.
Objeto: Indemnización por daños y perjuicios derivados de la muerte de Héctor Aldo Martínez en accidente de tránsito ocurrido el 6/7/2019 en la Autopista Panamericana (km 28,5), incluyendo valor vida, daño moral, gasto futuro por tratamiento psicológico y gastos de sepelio.
Decisión: Se confirma en lo sustancial la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y condenó a los accionados a pagar a la actora $30.704.000 y a su hijo $45.624.000 más intereses (con distribución porcentual de responsabilidad 70% a la concesionaria y 30% al conductor que inició la secuencia). Se modifica la decisión para: (i) dejar establecido que la condena alcanza a Zurich Argentina Compañía de Seguros S.A. "en la medida y con los alcances que surgen de la póliza respectiva"; y (ii) que los intereses sobre el rubro "Daño psíquico" (gasto futuro de psicoterapia) corran desde la fecha de la sentencia de primera instancia que reconoció la partida, a la tasa pasiva más alta del Banco de la Provincia de Buenos Aires. Cada apelante afrontará las costas de su recurso.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
1) Sobre la obligación de seguridad de la concesionaria:
"Es así que pesa sobre el concesionario una obligación tácita de seguridad por la cual éste asume el compromiso de hacer posible el tránsito en todo el recorrido del tramo concesionado en condiciones seguras, todo ello de acuerdo al principio de buena fe emanado del art. 961 del CCyC, y arts. 5 y 40 de la ley de Defensa del Consumidor."
2) Sobre la imputación de responsabilidad a la concesionaria por falta de auxilio y señalización:
"Es razonable imputar el mayor grado de responsabilidad a Autopistas del Sol S.A., pues el resultado muerte está íntimamente relacionado con la falta de un comportamiento diligente por parte de la responsable de la autovía, ajustado a las condiciones del tiempo y el lugar (arts. 1724, 1734 y ccs. CCyCN)... resultaba 'totalmente incomprensible su falta de intervención al encontrarse una camioneta volcada en las condiciones descriptas, condicionando tal circunstancia la fluidez, normalidad y seguridad del tránsito, sin que acudiera al lugar el personal necesario para socorrer a las potenciales víctimas, señalizar la zona y remover el vehículo volcado' (resolución de fs. 287/288 vta. de la causa penal; confirmada a fs. 297 de esos actuados)."
3) Sobre la extensión de la condena a la aseguradora:
"En función de ello, en principio, las limitaciones del aseguramiento son oponibles a la actora, por tratarse de una defensa anterior al siniestro, planteada por la interesada en la etapa procesal oportuna (doct. arts. 354 inc. 1° y ccs. del C.P.C.C.)... propongo modificar la sentencia recurrida en el sentido expresado (arts. 109, 118 y ccs. de la ley 17.418; arts. 354 y ccs. del CPCC)."
4) Sobre intereses del daño futuro (psíquico):
"En virtud de todo lo expuesto... propongo modificar la sentencia, estableciendo que los intereses respecto del rubro 'Daño psíquico' (que corresponde al gasto futuro por psicoterapia), corran a partir de la fecha de la sentencia que lo reconoce, a la tasa pasiva más alta del Banco de la Provincia de Buenos Aires, en sus operaciones de depósitos a treinta días, vigente en los distintos períodos de aplicación."
- Votos y mayoría: Los Dres. Nuevo y Zunino votaron por la afirmativa; el acuerdo fue por mayoría unánime (2/2 en este compuesto).
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