Logo

TORRECILLA VIVIANA MARIA C/ CHRICER SA S/ INCIDENTE DE EJECUCION DE ASTREINTES

Incidente de ejecución de astreintes solicitado por la apoderada de CHRICER SA para aclarar omisión sobre costas de primera instancia. La Cámara admitió la aclaratoria y amplió la sentencia del 20/08/2026 disponiendo adecuar las costas de primera instancia en un 40% a cargo de VMT y 60% a cargo de CSA, conforme art. 274 CPCC.

Incidente de ejecucion Astreintes Aclaratoria Costas Adecuacion de costas Art. 274 cpcc Provincia de buenos aires Camara de apelaciones Torrecilla v. m. Chricer sa

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: TORRECILLA VIVIANA MARIA. Demandado: CHRICER SA. Objeto: Incidente de ejecución de astreintes (ejecución de astreintes). Decisión: Se admitió el pedido de aclaratoria formulado por la apoderada de CHRICER SA y se amplió la sentencia del 20/08/2026, adecuando las costas de primera instancia al resultado definitivo del pleito: 40% a cargo de VMT y 60% a cargo de CSA, en aplicación del art. 274 del CPCC y arts. 68 y 71 CPCC.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos literalmente del fallo): "El recurso de aclaratoria tiene por finalidad corregir errores materiales, aclarar conceptos oscuros o subsanar omisiones, sin alterar lo sustancial de la decisión (art. 166 inc. 2° CPCC)." "En el caso, asiste razón al recurrente por lo que corresponde subsanar la citada omisión y ampliar la sentencia de fecha 20/08/2026. Consecuentemente, a la primera cuestión doy mi voto por la AFIRMATIVA." "Atento el resultado arribado al votar la cuestión anterior, propongo al acuerdo admitir el pedido de aclaratoria formulado por la apoderada de CSA y ampliar la sentencia del 20/08/2026, en el siguiente sentido: atento el sentido de la decisión y la modificación introducida, de conformidad con lo dispuesto por el art. 274 CPCC, corresponde adecuar las costas de primera instancia al resultado definitivo del pleito, distribuyéndolas en un 40% a cargo de VMT y en un 60% a cargo de CSA (arts. 68, 71 y 274 CPCC)." "1) Admitir el pedido de aclaratoria formulado y ampliar la sentencia del 20/08/2026. En consecuencia, atento el sentido de la decisión y la modificación introducida, de conformidad con lo dispuesto por el art. 274 CPCC, corresponde adecuar las costas de primera instancia al resultado definitivo del pleito, distribuyéndolas en un 40% a cargo de VMT y en un 60% a cargo de CSA (arts. 68, 71 y 274 CPCC)."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar