FINANPRO SRL C/ MERELE LAUTARO NAHUEL S/ COBRO EJECUTIVO
El actor promovió ejecución por cobro de tres pagarés por $1.108.600 y accesorios. La Cámara modificó la sentencia de trance y remate disponiendo la adición de la totalidad de los intereses pactados (compensatorios desde la creación y punitorios desde la mora) siempre que, en conjunto e incluida la capitalización, no excedan la tasa activa del Banco Provincia para restantes operaciones incrementada en 50%.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: FINANPRO SRL.
Demandado: Lautaro Nahuel Merele.
Objeto: Ejecución por cobro ejecutivo de tres pagarés cuyo total de capital reclamado asciende a UN MILLON CIENTO OCHO MIL SEISCIENTOS ($1.108.600) (PAGARÉ 1: $58.900; PAGARÉ 2: $249.500; PAGARÉ 3: $800.200), más intereses compensatorios, punitorios y capitalización semestral pactada.
Decisión: Se modificó la sentencia de trance y remate de fecha 26/06/2026 para disponer que al capital de condena se le adicionarán la totalidad de los intereses pactados —los compensatorios desde la fecha de creación de cada pagaré y los punitorios desde la mora hasta el efectivo pago— con la salvedad de que, tomados en conjunto y por todo concepto incluida la capitalización, no superen la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires para restantes operaciones en pesos sin acuerdo, incrementada en un 50%. Se impusieron las costas de Alzada por su orden.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"En suma, los jueces conservan la facultad de atenuar la incidencia de los réditos, si advierten que se encuentra comprometido el orden público, en el supuesto que los estipulados contraríen los límites impuestos por la buena fe, la moral y las buenas costumbres, pudiendo disponer su reducción en prevención de conductas antifuncionales y abusivas (conf. arts. 1, 2, 9, 10, 726, 727, 729, 735, 770, 771, 794, 988, 989, 1.117, 1.118, 1.119, 1.122 y cctes. Cód. Civ. Com.)."
"Sobre esta base, se aprecia que en la especie, la Jueza de la anterior instancia determinó como límite máximo de la sumatoria de los accesorios convenidos y capitalización el equivalente a una vez y media la tasa que percibe el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones normales de descuento a 30 días vigentes para los distintos periodos de aplicación (tasa activa). Sin embargo, teniéndose en cuenta los instrumentos en ejecución acompañados, la naturaleza de la obligación, lo reiteradamente sostenido por este Tribunal en la materia, y a los fines de ajustar los términos del pronunciamiento a esa doctrina elaborada en base a la normativa legal aplicable corresponde modificar en este aspecto la sentencia de trance y remate dictada, disponiéndose que al capital de condena se le adicionarán la totalidad de los intereses pactados, esto es, los compensatorios desde la fecha de creación de cada uno de los pagarés en ejecución ... y desde estas últimas y hasta el efectivo pago, los punitorios igualmente convenidos ... siempre que ellos -en conjunto y por todo concepto incluída la capitalización decidida en la sentencia en crisis
- no superen la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires para restantes operaciones en pesos sin acuerdo, incrementada en un 50%."
Dispositivo literal:
"POR ELLO, oido el Adjunto de Fiscal de Cámaras del 28/08/2026, y demás fundamentos expuestos , se modifica la apelada sentencia de trance y remate del 26/06/2026, disponiéndose que al capital de condena se le adicionarán la totalidad de los intereses pactados, esto es, los compensatorios desde las fechas de creación de cada uno de los pagarés en ejecución (considerando IV de la sentencia) y hasta las fechas de mora fijadas en el aludido decisorio puesto en crisis, y desde estas últimas y hasta el efectivo pago, los punitorios igualmente convenidos, siempre que ellos -tomándose en conjunto, por todo concepto, incluida la capitalización no superen la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires para restantes operaciones en pesos sin acuerdo, incrementada en un 50%. Costas de Alzada por su orden."
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