ROLDAN MARCOS ULISES C/ DELL ORO PEDRO S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA LARGA
El actor promovió demanda de prescripción adquisitiva larga sobre un lote en calle Dr. Domingo Sidotti Nº318 de Ensenada. La Cámara revocó la sentencia de grado y hizo lugar a la usucapión por 20 años a favor de Marcos Ulises Roldán, con efecto retroactivo a julio de 2022, por valoración convergente de testimonios, documentación y constatación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Marcos Ulises Roldán.
Demandado: Pedro Dell'Oro (ausente, representado por Defensoría Oficial).
Objeto: Prescripción adquisitiva larga (usucapión) respecto del inmueble catastralmente Circunscripción IV, Sección D Manzana 87, Parcela 5 (Lote 5b), Matrícula 18.338, calle Dr. Domingo Sidotti Nº318, Ensenada.
Decisión: Se revocó la sentencia de fecha 8/04/2025 que había rechazado la demanda, y se hizo lugar a la usucapión por 20 años a favor de Marcos Ulises Roldán, con efecto retroactivo al mes de julio de 2022. Las costas se imponen en el orden causado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de pasajes relevantes del fallo):
"En definitiva, no se pretende tener por acreditada la posesión a partir de la sola habitación del inmueble ni del mero transcurso del tiempo. La conclusión surge de la convergencia de una pluralidad de circunstancias objetivas que, examinadas en su conjunto, revelan una relación de poder pública, estable y prolongada y permiten razonablemente concluir que, al menos desde el año 2002 -período que resulta suficiente para abastecer el plazo legal-, el actor ejerció sobre el bien una posesión en concepto de dueño.
Por consiguiente, he de concluir entonces como corolario, que el pormenorizado análisis de los medios probatorios bajo reseña, en su valoración convergente e integral, conduce a una conclusión diversa de la adoptada en la instancia de grado, pues los elementos reunidos, apreciados de conformidad con las reglas de la sana crítica y mediante la necesaria consideración conjunta de los indicios referidos, permiten tener por acreditados los extremos relativos al ejercicio de la posesión invocada y su prolongación durante el plazo legal requerido para la prescripción adquisitiva por el accionante Marcos Ulises Roldan desde mediados del año 2002 (arts. 163, inc. 5°, 375, 384, 456, 477, 679 inc. 1° y cctes., CPCC; art. 24 inc. "c", primera parte, de la Ley 14.159; arts. 4015 y cctes., CC y arts. 1897, 1899, 1901, 1928 y cctes., CCyC)."
"POR ELLO: y demás fundamentos del precedente Acuerdo se revoca la sentencia dictada el 8 de abril de 2025 y, en consecuencia, se hace lugar a la demanda de usucapión incoada contra Pedro Dell'Oro -ausente, representado por la Unidad de Defensa N°13 departamental-, declarando que Marcos Ulises Roldan adquirió por prescripción adquisitiva de 20 años el inmueble inscripto a nombre del accionado bajo la Matrícula 18.338 (115), ubicado en la calle Dr. Domingo Sidotti Nº318... con efecto retroactivo al mes de julio de 2022. Las costas de ambas instancias, dadas las particularidades de la intervención de la Defensora Oficial por ausente, se imponen en el orden causado..."
- Elementos probatorios destacados por la Cámara: testimonios vecinales concordantes sobre ocupación pública y prolongada (más de 40 años familiares; posesión propia desde 2002), DNI y documentación oficial que consignan domicilio en Sidotti 318 en distintos períodos, resumenes de servicios y tarjetas, mandamiento de constatación (2/8/2024) que describió la edificación actual y las modificaciones, y plano de mensura que individualiza la porción reclamada. La Cámara aplicó valoración convergente de indicios (art. 163 inc. 5° CPCC) y los plazos del Código Civil/CCyC (art. 4015 CC / art. 1899 CCyC).
- Votos: Voto mayoritario (García Ceppi) y adhesión de la Dra. Hooft. No hubo disidencia.
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