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ATELLIER DE CAJAS S.R.L. C/ MUSSA GRIM S.R.L. S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO)

La actora ATELLIER DE CAJAS S.R.L. promovió acción por daños y perjuicios e incumplimiento contractual contra MUSSA GRIM S.R.L. La Cámara declaró desierto el recurso de apelación interpuesto el 13/07/2026 por falta de fundación en el plazo legal, por lo que el recurso fue rechazado conforme al art. 261 del CPCC.

Recurso de apelacion Declaracion de desierto Art. 261 cpcc Notificacion automatica Plazo de fundacion Incumplimiento contractual Danos y perjuicios Sentencia de merito 06/07/2026 Apelante mussa grim s.r.l. Camara primera de apelacion sala segunda.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: ATELLIER DE CAJAS S.R.L. Demandado: MUSSA GRIM S.R.L. Objeto: demanda por daños y perjuicios por incumplimiento contractual (causa caratulada "ATELLIER DE CAJAS S.R.L. C/ MUSSA GRIM S.R.L. S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL"). Decisión: La Cámara declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por la demandada el 13/07/2026 contra la sentencia de mérito dictada el 06/07/2026, por no haber sido fundado dentro del plazo legal.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): "Toda vez que la parte demandada MUSSA GRIM S.R.L. representada por su socia gerente, Señora RUGOLO LUCIANA, no fundó el recurso de apelación oportunamente deducido el 13/07/2026 dentro del plazo de cinco días señalado al efecto (v. providencia del 18/08/2026 y notificación automática cfme. art. 10, Anexo I, Ac. 4013 SCBA; arts. 254, 320, CPCC) corresponde, de conformidad con lo dispuesto por el art. 261 del Código Procesal, declararlo desierto. Así lo voto." "Que corresponde declarar desierto el recurso de apelación interpuesto con fecha 13/07/2026 (arts. 254. 261, 320, CPCC)." "POR ELLO: Se declara desierto el recurso de apelación interpuesto el 13/07/2026 por la parte demandada MUSSA GRIM S.R.L., contra la sentencia de mérito dictada el 06/07/2026. Regístrese. Notifíquese autom. (art. 10,anexo I, Ac. 4013 SCBA) y, oportunamente, devuélvase a la instancia de origen"
- Votos y mayoría: El señor Juez Dr. Federico G. García Ceppi votó por declarar desierto el recurso; la Dra. Irene Hooft adhirió al voto. Resolución unánime del Tribunal.

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