RAMIREZ MARIA ROSA S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
Incidente por cese del beneficio de litigar sin gastos vinculado a percepciones indemnizatorias. La Cámara confirmó la resolución de primera instancia y rechazó el cese del beneficio, entendiendo que la indemnización percibida en 2013 no acreditó una mejora de fortuna suficiente para afrontar las costas sin comprometer la subsistencia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: La Sra. Olga Virginia Pérez (apoderado interpuso apelación solicitando cese del beneficio).
Demandado: La Sra. María Rosa Ramírez (beneficiaria del beneficio de litigar sin gastos).
Objeto: Cesación del beneficio de litigar sin gastos concedido a María Rosa Ramírez; imposición de costas a la actora beneficiaria.
Decisión: La Cámara Primera de Apelación, Sala Primera, confirmó la resolución del 22/12/2023 que rechazó la solicitud de cese del beneficio, e impuso las costas de Alzada a la apelante.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones y citas textuales relevantes):
"El simple hecho de percibir sumas indemnizatorias, no autoriza en principio a tener por configurada la mejora de fortuna, y que el estado de pobreza o de carencia no cesa automáticamente con la percepción de un crédito, sino que es necesario demostrar que ella le permitió salir del estado económico personal que, en su momento, fue considerado para concederle la franquicia."
"la percepción de una condena resarcitoria no siempre comporta, por sí, una efectiva mejora patrimonial que justifique la denegación, o, en su caso, reducción del beneficio de litigar sin gastos, debiendo en estos casos evaluárselo en el contexto de la situación económica de la actora"
"Mas bien, ante la ausencia de pruebas que demuestren de modo claro otro escenario, y aun cuando la indemnización que percibiera en el año 2013 razonablemente ha contribuido a que la Sra. Ramírez pueda llevar un nivel económico de vida mejor al que poseía con anterioridad, no es posible afirmar de modo categórico que cuenta actualmente con recursos suficientes para afrontar un gasto de la magnitud que representan las costas causídicas detalladas, sin comprometer notoriamente su patrimonio."
Bloque dispositivo final:
"POR ELLO, por los fundamentos expuestos, se confirma la resolución apelada del 22 de diciembre de 2023, con costas de alzada a la parte recurrente."
Hechos y montos relevantes: la beneficiaria obtuvo un acuerdo indemnizatorio en 2013 por $500.000 (pagadero en cinco cuotas); en el proceso principal se le impusieron costas y se regularon honorarios que, a la fecha de su fijación (11/3/2019), totalizaron $164.850 (sin incluir tasa de justicia). La apelación fue interpuesta el 5/2/2024; se declaró perdido el derecho a contestar el memorial el 5/5/2026. La Cámara consideró el carácter alimentario/resarcitorio de la indemnización y la ausencia de pruebas de rentas permanentes o bienes que evidencien mejora de fortuna suficiente.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: