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El imputado apeló la condena por robo simple y la declaración de reincidencia. La Cámara declaró admisible la apelación pero confirmó la sentencia condenatoria y la declaración de reincidencia, sosteniendo la interpretación de la ley 27785 sobre reincidencia que alcanza a condenas en suspenso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (acción penal en representación del interés público).
Demandado: Sergio Pablo Daniel Attiz (imputado).
Objeto: Se juzgó por el delito de robo simple; la sentencia de primera instancia condenó a Attiz a dos meses de prisión de cumplimiento efectivo y costas por robo simple, y además lo declaró reincidente con acumulación omnicomprensiva con otra pena (pena única de tres años y dos meses, cuya condicionalidad fue revocada).
Decisión: La Cámara declaró admisible el recurso de apelación interpuesto por el defensor oficial y, por mayoría, confirmó íntegramente la sentencia apelada, manteniendo la condena y la declaración de reincidencia.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos literal y pertinentes):
- Sobre admisibilidad: "Entiendo que el recurso es admisible pues, además de haberse deducido en legal tiempo y forma, se dirige a cuestionar una sentencia definitiva que genera agravio al imputado y su defensa (arts. 18 y 75 inc. 22, CN; 1.1, 8 inc. 2 ap. 'h' y 25, CADH; 14 inc. 5, PIDCP; 421, 439, 441, 442 y 446 'a contrario sensu', CPP)." (voto del Dr. Baccini).
- Sobre la interpretación de la reincidencia y confirmación de la sentencia: "En lo que hace a las razones de agravio, observo que el actual texto de la norma, según ley 27785 (publicada en el Boletín Oficial con fecha 07-03-2025), entiende por reincidente al que '.haya sido condenado dos (2) o más veces a una pena privativa de libertad, siempre que la primera condena se encuentre firme.'." (voto del Dr. Baccini).
- Sobre alcance de la norma y justificación de la confirmación: "Atento a lo sostenido por esta Sala en la causa nº 0705-11041-25 -entre otras-, tal normativa resulta aplicable a quien registre al menos una condena privativa de libertad firme -de cumplimiento efectivo o de ejecución condicional, no vencida-, como ha sucedido en el caso que nos ocupa." (voto del Dr. Baccini).
- Sobre el proyecto/razones legislativas citadas: "Respecto de la redacción propuesta, la gran diferencia es que se incorpora a la categoría de reincidente a las personas condenadas en suspenso, ya que la redacción actual exige el cumplimiento efectivo de la pena y este requisito excluye el cómputo de las condenas condicionales... Resulta fundamental que el concepto de reincidencia sea realmente aplicable..." (cita del proyecto de reforma incluída por el tribunal).
- Bloque dispositivo final (resolución mayoritaria): "I
- DECLARAR admisible el recurso de apelación... II
- CONFIRMAR la sentencia impuesta a Sergio Pablo Daniel Attiz ... a la pena de dos meses de prisión de efectivo cumplimiento y costas, más su declaración de reincidencia, por el delito de robo simple y a la pena única de tres años y dos meses de prisión... cuya condicionalidad fuera revocada." (texto del dispositivo).
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