BUSTOS CARDENAS LEANDRO MARTIN S/ ADOPCION DE INTEGRACION PLENA (789)
Solicitud de adopción de integración plena y pedido de modificación del apellido del adolescente. La Cámara revocó parcialmente la sentencia de grado y ordenó suprimir el apellido materno CÁRDENAS, disponiendo que el joven quede inscripto como MARTÍN YARVI, por primar su interés superior, identidad dinámica y voluntad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: GUSTAVO EZEQUIEL YARVI promovió demanda de adopción de integración plena.
Demandado: El adolescente LEANDRO MARTÍN BUSTOS CÁRDENAS (parte afectada en el trámite).
Objeto: Adopción de integración plena del adolescente y, en sede accesoria, la modificación/adecuación del prenombre y apellidos para que el menor lleve el apellido YARVI (suprimir prenombre "Leandro" y suprimir/aplicar cambios de apellidos).
Decisión: La Cámara revocó, en cuanto fue materia de recurso, la parte de la sentencia de fecha 7/05/2026 que mantuvo el apellido materno CÁRDENAS; ordenó suprimir dicho apellido y que el joven pase a llevar únicamente el apellido YARVI. Impuso las costas de Alzada al interesado (apelante).
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
"En fecha 2/07/2025, en el marco de la audiencia celebrada en los términos del art. 12 de la Convención sobre los Derechos del Niño, el adolescente manifestó que está 'de acuerdo con la adopción solicitada por GUSTAVO a quien reconoce como su padre. Que vive con el desde que tenía dos años de edad. Que además tiene una hermana más chica de 6 años que se llama Zoe Yarvi y Dylan Yarvi de 11 años. Que desea tener el mismo apellido que ellos y su papá ya que no se identifica con el apellido Bustos. Refiere que tampoco se identifica con el nombre Leandro que es el nombre de su papá biológico y que es reconocido socialmente como Martin por lo que solicita sea suprimido. Finalmente requiere también suprimir el apellido Cárdenas que es el de su mamá quien refiere estar de acuerdo'."
"La identidad constituye un concepto complejo que posee múltiples aristas e involucra distintos derechos... Desde el punto de vista jurídico, los alcances y contenidos del derecho a la identidad de toda persona no se agota con la información referida a los aspectos que hacen a la faz estática, sino que ella debe incluir el conjunto de atributos y cualidades que definen la personalidad de cada sujeto... Por otro lado, están los elementos que cambian constantemente en una persona... y conforman su 'identidad dinámica'."
"Sentado lo expuesto, no caben dudas que MARTIN, en su derecho a participar del proceso y a que su opinión sea primordial, teniendo en cuenta su edad y grado de madurez, claramente verificadas desde el contacto que se ha tomado con él durante el proceso, ha sido contundente en su deseo de portar solo el apellido 'YARVI', fundado en que dicho apellido es parte de su identidad y su historia, y también porque desde lo afectivo ha construido un vínculo muy importante en su vida con la pareja de su madre, con quien convivió casi toda su vida y lo sigue haciendo al día de hoy, siendo con la sentencia dictada su padre adoptivo."
"En definitiva, no mediando oposición de su progenitora, ni tampoco ningún impedimento que indique otra solución, a efectos de tornar operativo su interés superior y tutelar adecuadamente su derecho a la identidad, corresponde admitir su voluntad de suprimir el apellido materno, y llevar solamente el apellido YARVI."
Voto y dispositivo mayoritario (Acuerdo): "revócase, en cuanto fuera materia de recurso y agravio, la sentencia de fecha 7/05/2026, debiendo suprimirse el apellido CARDENAS; y solo llevar el joven MARTIN el apellido YARVI. Impónense las costas de Alzada al interesado."
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