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PACHECO GRACIELA ELIZABETH C/ VOLKSWAGEN S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS S/ APREMIO

La actora promovió proceso ejecutivo (apremio) contra Volkswagen S.A. de Ahorro para Fines Determinados. La Cámara, por mayoría, desestimó la aclaratoria planteada por la demandada porque la sentencia del 20/8/2026 resulta suficientemente clara y mantiene las costas a la parte vencida.

Aclaratoria Incidente Apremio Costas Sentencia aclaratoria Desestimacion Camara de apelacion (lomas de zamora) Volkswagen Pacheco Rs-246-2026

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: PACHECO GRACIELA E. Demandado: VOLKSWAGEN S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS Objeto: Procedimiento ejecutivo por apremio (causa caratulada "P G E. c/ VOLKSWAGUEN S.A. DE AHORRO PARA FINES DETERMINADOS s/ APREMIO"). Decisión: La Cámara, Sala II de Lomas de Zamora, rechazó la aclaratoria interpuesta por la demandada contra la sentencia dictada el 20/8/2026 y confirmó que las costas se mantienen a cargo del demandado vencido.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes del fallo): "II
- Que, como se sabe, la aclaratoria es un medio por el cual se intenta depurar a la sentencia de errores materiales, oscuridades y omisiones, teniendo como límite la prohibición de alterar en lo sustancial lo decidido (cfr. SCBA, DJBA, v. 122, p.157; esta Sala, causa Nº 15.582, reg. Nº 59/98).- III
- A la luz de los principios expuestos cabe señalar que, la aclaratoria deducida no ingresa en ninguno de los supuestos indicados, desde que la resolución que dictara este tribunal resulta suficientemente clara, puesto que las costas se mantienen al demandado quien reviste su condición de vencido en el proceso. VOTO POR LA NEGATIVA.- Visto el acuerdo formulado al tratar la cuestión anterior, corresponde desestimar la aclaratoria interpuesta.- ASI LO VOTO.- 1º) Que la aclaratoria deducida debe ser desestimada.- POR ELLO: Y fundamentos consignados en el acuerdo, desestímase la aclaratoria deducida. Regístrese. Notifíquese y, correlaciónese con su antecedente RS-246-2026."
- Votos y mayoría: Votaron por unanimidad los Dres. Luis Adalberto Conti y Pablo Saúl Moreda, adhiriendo ambos a los mismos fundamentos; por tanto la decisión es de la Cámara (Sala II) en acuerdo.

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