ARCE PAULA ROMINA C/ GALLARDO GUILLERMO FABIAN, AVALOS ALMADA NORMA CELIA Y CAJA DE SEGUROS SA S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)
Reclamo por daños y perjuicios derivados de accidente de tránsito y secuelas físicas y psíquicas. La Cámara confirmó en lo sustancial la sentencia de primera instancia, elevó el daño moral a $9.000.000, y modificó la tasa de interés según la doctrina provincial (6% anual hasta la fecha de evaluación y luego tasa pasiva más alta del Banco Provincia).
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Paula Romina Arce.
Demandado: Guillermo Fabián Gallardo; Norma Celia Ávalos Almada; Caja de Seguros S.A. (citada en garantía).
Objeto: Indemnización por daños y perjuicios (incapacidad psicofísica, daño psíquico, daño moral, tratamiento kinesiológico y psicológico, gastos médicos y emergentes) por accidente de tránsito ocurrido el 01/09/2017.
Decisión: La Cámara confirmó en lo sustancial la sentencia de fecha 04/02/2026 que hizo lugar a la demanda; elevó la partida por daño moral a $9.000.000; modificó la tasa de interés aplicable conforme a la doctrina de la Suprema Corte provincial (6% anual desde la fecha del hecho hasta la fecha de evaluación de la deuda y, de allí en más, la tasa pasiva más alta del Banco de la Provincia de Buenos Aires); impuso costas a la aseguradora perdidosa; diferió regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (texto reproducido tal cual del fallo, 2-3 párrafos relevantes y citas textuales):
1) Sobre la elevación del daño moral:
"Sentado lo anterior , considerando las condiciones personales de la parte actora, quien a raíz del evento dañoso han experimentado cierta conmoción en su paz y plenitud, a partir de las lesiones sufridas y en virtud a las pruebas rendidas en autos, las cuales dan suficiente sustento -a ver de esta Sentenciante
- de la situación vivida por la misma y de la lesión a su espíritu, considero atinado elevar el monto asignado hasta la suma de $ 9.000.000 (art. 1737, 1738, 1739, 1740 y 1746 del CCCN y 165, 375, 384, 472 y 474 del Cód. Proc.)."
2) Sobre la tasa de interés y su fundamento doctrinal:
"De conformidad con lo dicho, resulta necesario en éste estadio resaltar ... De allí en más, resultará aplicable la tasa pasiva más alta fijada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires para la captación de depósitos a plazo fijo a treinta días, hasta el efectivo pago ... En este sentido se ha dicho, que si se utilizan tasas bancarias que han sido determinadas en función del fenómeno inflacionario y se las aplica en forma retroactiva sobre un capital que ya fue cuantificado teniendo en cuenta el envilecimiento del signo monetario ... se produce una previsible distorsión ... El sistema de liquidación que ahora propone la Suprema Corte local lo que permite es evitar que los intereses moratorios terminen cumpliendo una función que en principio no le es propia: mantener el contenido económico de un capital que, en este caso en particular, ya se ha expresado en valores actuales. ... De conformidad con lo expuesto ... deberá aplicarse la ya mentada alícuota del 6% anual, la que corresponderá ser impuesta al crédito indemnizatorio desde la fecha del evento dañoso (01/09/2017) y hasta el momento tenido en cuenta para la evaluación de los daños ... De allí en más resultará aplicable la tasa de interés pasiva más alta fijada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires ..."
3) Bloque dispositivo final (texto literal):
"SENTENCIA AUTOS Y VISTOS: Conforme el resultado obtenido en la votación que instruye el Acuerdo que antecede, este Tribunal RESUELVE: 1) Confirmar la sentencia del 04/02/2026, en lo sustancial; 2) Elevar el monto de la siguiente parcela: Daño Moral hasta la suma de $9.000.000. 3) Modificar la tasa de interés conforme los parámetros establecidos precedentemente (item "c"); 4) Imponer las costas a la aseguradora perdidosa (arts. 68 y ccdtes. del CPCC); 5) Diferir la regulación de honorarios de los letrados intervinientes para su oportunidad; 6) Regístrese, notifíquese (art. 1 c.1) Res. SPL10/20 SCBA).. Oportunamente, devuélvase a sus efectos."
- Votación y mayoría: Votaron y coincidieron los Dres. Godino y Kunzmann; Dr. Vitale ausente por licencia. La decisión corresponde a la mayoría (bloque dispositivo final).
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: