ROLDAN PABLO JAVIER C/ PREVENCIÓN ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
El actor promovió acción especial por accidente de trabajo contra la A.R.T. y luego desistió expresamente de la demanda. El Tribunal tuvo por desistida la acción, condenó en costas a la parte actora con beneficio de gratuidad y reguló honorarios a favor del profesional de la parte actora en 7 Jus ($372.624) más aportes e IVA.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: ROLDAN PABLO JAVIER.
Demandado: PREVENCIÓN ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. (A.R.T.).
Objeto: Acción especial por accidente de trabajo.
Decisión: Se tuvo por desistida la acción promovida por ROLDAN PABLO JAVIER; las costas serán soportadas por la parte actora con el beneficio de gratuidad. Además, se regulan honorarios a los profesionales intervinientes tomando como base el monto del acuerdo conciliatorio y el valor del Jus fijado por RP 873/2026 SCBA, con regulación específica para el letrado de la parte actora por 7 Jus equivalentes a $372.624 más el 10% de aportes y 21% de IVA si corresponde.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje original preservado):
"La parte actora ROLDAN PABLO JAVIER, en fecha 23/7/2026 ha manifestado que desiste de la acción contra A.R.T. PREVENCION RIESGOS DEL TRABAJO, voluntad que ha sido ratificada por el actor en fecha 26/8 /2026
Habida cuenta de lo dispuesto por el C.P.C.C., aplicable supletoriamente al proceso laboral (art. 89 Ley 15.057) que a traves de su art. 304 norma el desistimiento de la acción y que dicha voluntad abdicativa ha sido efectuada en forma personal por ante este Tribunal (art.277 L.C.T.), no hallo impedimento legal alguno para hacer lugar al desistimiento expresado en fecha 23/7/26 y ratificado en fecha 26/08/2026 por la parte actora. Las costas serán soportadas por la parte accionante con el beneficio de gratuidad (arts. 304 del C.P.C.C ,24, 25 y 27 ley 15.057).
Así lo voto."
"Por ello, el Tribunal de Trabajo N° 3 de Avellaneda Lanus Resuelve:
1-Tener por desistida a la parte actora ROLDAN PABLO JAVIER de la acción iniciada contra A.R.T. PREVENCION RIESGOS DEL TRABAJO, con costas que deberán ser soportadas por la parte actora con el beneficio de gratuidad (art.73 C.P.C. y 24, 25 y 27 ley 15.057).
2
- Atento lo normado en el art. 24 y 25 de la ley 15.057 ... regúlanse los honorarios de los profesionales intervinientes ... PARTE ACTORA: Dr. KRELL DAN AMMIEL en la cantidad de 7 Jus equivalentes al día de la fecha conf. RP 873/2026. SCBA a la suma de pesos TRESCIENTOS SETENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS VEINTICUATRO ($372.624 ) con más el 10% de aportes y el 21 % en concepto de IVA de corresponder, en virtud de lo dispuesto por la ley 14.967."
(Se consignan asimismo normas procedimentales sobre notificación de la regulación de honorarios y plazos de pago contenidas en la resolución.)
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