BOUZAS EDUARDO ADRIAN C/ ASEGURADORA DE RIESGOS DE TRABAJO INTERACCION S.A. S/ACCIDENTE IN-ITINERE
El actor promovió demanda por accidente in itinere reclamando indemnización por secuelas incapacitantes. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucional el DNU 669/19 y actualizó el crédito actoral conforme criterios jurisprudenciales, condenando a la ART al pago de $102.485.023,21 más intereses; total con intereses $146.514.273,86.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: BOUZAS EDUARDO ADRIAN, representado por Dr. López Zavallo Martín Francisco.
Demandado: ASEGURADORA DE RIESGOS DE TRABAJO INTERACCION S.A., representada por Dra. Gullelmotti Emilce.
Objeto: acción especial por accidente de trabajo in itinere ocurrido el 27/04/2012 y el pago indemnizatorio por las secuelas incapacitantes y prestaciones previstas en la Ley 24.557.
Decisión: El Tribunal hizo lugar a la demanda; declaró la inconstitucionalidad del DNU 669/19 y la inconstitucionalidad sobrevenida del art. 7 ley 23928 (texto ley 25561) en el caso, ordenó la inaplicabilidad del ap.2 del art.11 de la ley 27.348 respecto del art.12 de la ley 24.557 en la especie, actualizó el IBM por RIPTE y condenó a la ART a abonar PESOS CIENTO DOS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL VEINTITRÉS CON 21/100 ($102.485.023,21) más intereses compensatorios desde la fecha del accidente hasta el pago aplicando un interés puro del 3% anual, totalizando PESOS CIENTO CUARENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS CATORCE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y TRES CON 86/100 ($146.514.273,86). Se aclaró la responsabilidad del Fondo de Reserva por el estado de liquidación de la ART y se impusieron costas a la demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes, manteniendo el lenguaje del Tribunal):
"Por ello, este Tribunal entiende que corresponde decretar la inconstitucionalidad del decreto 669/19 en cuanto a su carácter de decreto de necesidad y urgencia."
"Por ello, y de acuerdo a lo expuesto, el ingreso base del trabajador asciende en el caso a la suma de $ 2.436.813,32 y el monto por el que corresponde se abone la prestación de ley asciende a la suma de: $ 2.436.813,32 x 53 x 65/24 x 34 % = $ 118.999.829,03"
"En virtud de todo lo expuesto, la parte actora se hace acreedora a percibir en concepto de prestación dineraria prevista por el art. 14 ap. 2 inc. b) de la ley 24.557, la suma de PESOS CIENTO DOS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL VEINTITRES CON 21/100 ($ 102.485.023,21) a dicho importe deberán adicionarse los intereses compensatorios desde la fecha del accidente 27/04/2012, hasta la fecha prevista para el cumplimiento de la presente, a calcularse aplicando un interés puro del % 6 anual.-"
"En consecuencia, corresponde condenar a ASEGURADORA DE RIESGOS DE TRABAJO INTERACCION S.A. a abonar al actor BOUZAS EDUARDO ADRIAN, la suma de PESOS CIENTO DOS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL VEINTITRES CON 21/100 ($ 102.485.023,21) a dicho importe deberán adicionarse los intereses compensatorios desde la fecha del accidente 27/04/2012 hasta la fecha de pago prevista para el cumplimiento de la presente, a calcularse en este caso en particular, aplicando un interés puro del % 3 anual, totalizando la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS CATORCE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y TRES CON 86/100 ($ 146.514.273,86) como resarcimiento por las secuelas incapacitantes como consecuencia del accidente de trabajo acreditado en autos.-"
"1) Declarar abstractos los planteos de inconstitucionalidad referidos a normativas del régimen de Riesgos de Trabajo, conforme los fundamentos vertidos en la parte dispositiva de la sentencia.
2) Declarar la inconstitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia 669/19.
3) Decretar, en este caso en particular, la inconstitucionalidad, sobrevenida del art. 7 ley 23928, de acuerdo texto ley 25561 ... y considero que debe declararse en la especie la inaplicabilidad del ap.2 del art. 11 de la ley 27.348 modificatorio del art. 12 de la ley 24.557 ... ordenándose que el crédito actoral se actualice de la manera "ut supra" señalada ..."
- Votos y mayoría: El voto de la Dra. Claudia Verónica Ricardo expone los fundamentos y los Dres. Gabriele y López Bellot adhieren al voto que antecede. El dispositivo final del Tribunal coincide con la mayoría expresada en el acuerdo.
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