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PERETTO LUIS ARIEL C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U. S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

El Dr. Luis A. Peretto promovió demanda para la regulación de honorarios por actuaciones extrajudiciales en el expediente administrativo SRT N° 109758/26. El Tribunal hizo lugar a la demanda y reguló honorarios en 163,79 JUS arancelarios más adicional e IVA, imponiendo su pago a la aseguradora demandada y costas a su cargo por allanamiento.

Honorarios Regulacion Srt Actuaciones extrajudiciales Ley 14.967 Jus arancelarios A.r.t. Allanamiento Costas Tasa de justicia ($191.826)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: El Dr. LUIS A. PERETTO, por derecho propio, solicitando regulación de sus honorarios por actuaciones profesionales en el expediente administrativo SRT N° 109758/26 (valoración del daño) en favor del trabajador FRANCO HERNAN BONANNO. Demandado: FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A., representante de la A.R.T. del empleador TERNIUM ARGENTINA S.A. Objeto: Regulación de honorarios profesionales por la intervención oficiosa del letrado en la instancia administrativa que culminó con auto homologatorio y pago a favor del trabajador de $51.290.464,43 (acuerdo por incapacidad 11,10%). Decisión: Se hizo lugar a la demanda y se regularon honorarios equivalentes a CIENTO SESENTA Y TRES CON SETENTA Y NUEVE (163,79) JUS arancelarios, con su adicional de ley y I.V.A., los que quedan a cargo de la demandada; costas por su orden; intimación para pago de tasa de justicia $191.826 y contribución del 5%.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
- "En el marco de dicho expediente administrativo SRT N° 109758/26 se arribó a una propuesta de Acuerdo sobre la base de una incapacidad del 11,10%. Frente a ello, se liquidaron las prestaciones de la L.R.T. aceptando las partes la suma de $51.290.464,43, dictándose auto homologatorio el 20/04/2026, el que llega firme y consentido."
- "De tal modo, estimo prudentemente, en atención al valor, mérito y calidad jurídica de la labor desarrollada en el expediente administrativo SRT N° 109758/26, que al Dr. LUIS A. PERETTO le corresponde la suma equivalente a CIENTO SESENTA Y TRES CON SETENTA Y NUEVE (163,79) JUS ARANCELARIOS, con más su adicional de ley (arts. 44 y 55 de la ley 14.967) más I.V.A. (arts. 3º, inc. e y 9º, ley 23.349), la que quedará a cargo de la demandada."
- "Las costas del proceso deben imponerse por su orden, atento que el allanamiento fue real, incondicionado y oportuno (art. 70 del C.P.C.C.)."
- Bloque dispositivo final (resolutorio): "el Tribunal RESUELVE: 1).
- Hacer lugar a la demanda incoada por el Dr. LUIS A. PERETTO contra la FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.
- 2).
- Regular los honorarios profesionales ... CIENTO SESENTA Y TRES CON SETENTA Y NUEVE (163,79) JUS ARANCELARIOS ... los que quedarán a cargo de la demandada.
- 3).
- Las costas ... 4).
- Intimar a la demandada ... pago de la suma de $191.826 ..."
- Votos / mayoría: El señor juez Hernán D. Brasi votó como preopinante proponiendo el pronunciamiento arriba transcripto; los jueces Paula A. Capucchio y Nicolás E. Aparisi "por compartir los fundamentos dados por el señor juez preopinante, votan en el mismo sentido", conformando así la decisión por unanimidad de los integrantes del Tribunal.

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