VAZQUEZ HECTOR GASTON C/ PRODUCTORES DE FRUTAS ARGENTINAS COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
Acción de revisión por accidente de trabajo por incapacidad parcial y permanente; el Tribunal hace lugar a la demanda, declara inconstitucionales el DNU 669/19 y el art. 12 ap. 2 de la Ley 24.557 (modif. por Ley 27.348) y condena a la A.R.T. a pagar $13.802.690,57 por aplicación del índice RIPTE.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Héctor Gastón Vázquez, con patrocinio del Dr. Maximiliano Estocco.
Demandado: Productores de Frutas Argentinas Cooperativa de Seguros Limitada (A.R.T.).
Objeto: Revisión judicial de la liquidación por accidente de trabajo ocurrido el 02-08-2021 y condena a indemnizar por incapacidad permanente parcial y demás rubros; cuestionamientos de constitucionalidad sobre normas del régimen de riesgos del trabajo y aplicación de índices de actualización.
Decisión: Por mayoría se hace lugar a la demanda; se declara la inconstitucionalidad del DNU 669/19 y del art. 12 apartado 2 de la Ley 24.557 (modificado por art. 11 Ley 27.348) en el caso concreto; se declara inaplicable a autos las Resoluciones SSN 1039/2019 y 332/2023; se condena a la demandada a pagar al actor la suma de PESOS TRECE MILLONES OCHOCIENTOS DOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA CON 57/100 ($13.802.690,57) dentro de diez días hábiles; se imponen costas a la demandada y se regulan honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (texto literal, párrafos relevantes):
"En consecuencia, considero tener por acreditado de acuerdo al examen físico y psicológico practicado y los restantes elementos obrantes en el expediente, que el Sr. VAZQUEZ porta una incapacidad psico-física del orden del 6,38% de la T.O, con carácter de parcial y permanente con causa en el accidente laboral por el que interpuso la acción judicial (art. 6 ley 24.557)."
"De este modo, la suma de condena indexada por RIPTE a la fecha de la sentencia es $ 13.802.690,57.
- ( $ 651.070,31.-. x coeficiente )."
"Ante ello, declaro la inconstitucionalidad del art. 12 de la Ley 24557 modificado por art. 11 apartado 2 de la Ley 27348 ( art. 34 CPCC) en el caso concreto por cuanto no preserva adecuadamente el valor real del crédito vulnerando el derecho de propiedad y la garantía de tutela judicial efectiva ( arts. 17 y 28 Carta Magna y arts. 15 y 31 Constitucion de la Provincia de Buenos Aires.)"
"1°) Declarar la inconstitucionalidad del DNU nro. 669/19 conforme doctrina legal SCBA 'Muzychuk'. Declarar la inconstitucionalidad del art. 12 apartado 2 Ley 24557 ( modificado por el art. 11 Ley 27.348) . Declarar la inaplicabilidad de la Resoluciones SSN nro. 1039/2019 Y 332/2023 a autos."
- Voto de mayoría: La Dra. Fernández Rocha redacta y propone; los Dres. Canabal y Bonini adhieren (Bonini con salvedad sobre intereses compensatorios). El dispositivo final consigna la decisión por mayoría conforme lo dispuesto.
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