GENETTI JORGE COSME DANIEL C/ LEMBO ALEJANDRA MABEL TERESA Y OTRO/A S/ DESPIDO
El actor promovió demanda por despido e indemnizaciones laborales por falta de registración y pago de haberes. El Tribunal hizo lugar parcialmente a la demanda, condenó solidariamente a las demandadas a pagar $159.214,77 y declaró inconstitucional el artículo 55 de la Ley 27.802 disponiendo actualización por IPC-INDEC más 3% anual.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: GENETTI, JORGE COSME DANIEL, representado por la Dra. Taborda Carolina Edith.
Demandado: LEMBO, ALEJANDRA MABEL TERESA y TUERO, JACINTA ALEJANDRA, por relación de dependencia y titularidad de vehículos.
Objeto: indemnización por despido (antigüedad, sustitutiva de preaviso, integración mes de despido), SAC proporcional y adeudado, vacaciones proporcionales, indemnizaciones previstas en arts. 8 y 15 ley 24.013 por falta de registración, haberes adeudados y entrega de certificaciones art. 80 LCT; además agravamientos indemnizatorios (art. 80 LCT, ley 25.323) y compensación por vacaciones no gozadas 2013.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda en gran parte y se condenó solidariamente a las codemandadas a abonar al actor la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CATORCE CON 77/100 ($159.214,77) por los rubros indicados. Se rechazaron las pretensiones relativas a agravamientos art. 80 LCT, art. 2 ley 25.323 y vacaciones no gozadas 2013. Se declaró la inconstitucionalidad del art. 55 de la Ley 27.802 y se ordenó la actualización por IPC (INDEC, nivel general) desde que cada suma fue debida, con interés del 3% anual. Se condenó a entregar constancias del art. 80 LCT en 10 días y las costas se impusieron a las demandadas.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje original del Tribunal):
"En primer lugar debo decir que las accionadas han omitido contestar demanda, declarándoselas rebeldes en fecha 12-3-2018... Consecuentemente la declaración de rebeldía de la parte accionada, constituye presunción de verdad de los hechos lícitos afirmados por la parte actora en su escrito introductorio... con la presunción que genera la rebeldía de las demandadas respecto de los hechos lícitos expuestos en demanda (art 33 ley 15057),la documental agregada junto al escrito de demanda ... tengo por acreditado que existió vínculo de trabajo dependiente entre el actor ... y las demandadas..."
"Ha quedado demostrado en autos que el vínculo laboral concluyó por decisión del trabajador que se consideró injuriado en atención a la expresa negativa de la existencia de la relación laboral formulada por las demandadas al contestar su intimación y por lo tanto a la negativa frente a sus intimaciones. Acreditada la existencia del vinculo, el desconocimiento mismo de la relación laboral constituye 'injuria grave' suficiente (art. 242 LCT) que habilitaron justificadamente al actor a colocarse en situación de despido indirecto (art. 246 LCT)."
"A partir del 6/3/2026 comenzó a regir la ley 27802... El artículo 55 de la misma ley dispone, para los procesos en trámite a la fecha de su entrada en vigencia, un mecanismo diferente de actualización de tres bandas... Entiendo que el control de constitucionalidad de oficio es atribución inherente a la función jurisdiccional... El criterio de distinción que la norma introduce es el estado procesal del crédito al momento de la entrada en vigencia de la ley... En consecuencia, la clasificación introducida por el artículo 55 no supera el test de razonabilidad... Por las razones expuestas, corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 55 de la Ley 27.802 ... En consecuencia, las sumas de condena se actualizarán conforme la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC-INDEC nivel general) desde que cada una de ellas fue debida y hasta su efectivo pago. A los importes resultantes de dicha actualización se adicionarán intereses compensatorios, que se fijan en el tres por ciento (3%) anual."
(Señalamiento de liquidación y montos relevantes incluidos por el Tribunal:)
- Monto de la condena capital determinado: $159.214,77 (comprensivo de indemnización por antigüedad con SAC, sustitutiva de preaviso con SAC, integración mes de despido con SAC, vacaciones proporcionales con SAC, indemnizaciones arts. 8 y 15 ley 24.013, haberes adeudados).
- Fecha de ingreso: 05/03/2013. Fecha de egreso considerada: 19/12/2014.
- Se rechazaron agravamientos por art. 80 LCT y art. 2 ley 25.323 y demanda por vacaciones no gozadas 2013.
- Condena a entrega de constancias art. 80 LCT en 10 días, bajo apercibimiento de multa diaria.
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