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SAIKEVICH ISAAC GREGORIO ALBERTO C/ TORRES NELIDA GRACIELA Y OTRO/A S/ DESPIDO

El actor promovió demanda por despido contra Torres y otra persona, arribándose a un acuerdo conciliatorio. El Tribunal homologó la conciliación, aplicó las costas a la demandada y reguló los honorarios y modalidades de pago, intimando al pago de tasas y documentación bancaria.

Conciliacion Despido Homologacion Costas Honorarios Intimacion Tasa retributiva de servicios judiciales Regulacion de honorarios (ius) Transferencia bancaria Tribunal del trabajo n? 1 la plata.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Saikevich Isaac Gregorio Alberto. Demandado: Torres Nélida Graciela y otro/a. Objeto: Acción por despido. Decisión: Homologar la conciliación celebrada entre las partes; imponer las costas a la parte demandada; regular honorarios de los letrados intervinientes y ordenar intimaciones para acreditación de pago de tasas y documentación bancaria para efectos de pago del capital y honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los pasajes más relevantes, lenguaje original): "Atento a que lo pactado libremente por las partes, que informa el escrito presentado, cumple con los recaudos legalmente exigibles para alcanzar una justa composición de los derechos e intereses de las mismas, toda vez que no implica renuncias a derechos del trabajador que supongan derechos reconocidos por el empleador en autos, ni afectan disposiciones de orden público en vigencia, soy de opinión favorable de homologarlo, en todas sus partes, en cuanto involucra la totalidad de los rubros reclamados y acuerdo sobre las costas ocasionadas. (Arts. 15 de la ley 20.744, 1641 y siguientes del Código Civil y Comercial de la Nación, 73, 160 162 y conc. del CPCC; 24, 25, 30 y 89 de la ley 15.057). ASI LO VOTO." Bloque dispositivo final (resolución mayoritaria): "RESUELVE: a) Homologar la conciliación arribada por las partes en las presentes actuaciones.- b) Aplicar las costas a la demandada a cuyo efecto regúlanse los honorarios de los letrados intervinientes por la parte actora Dr. MARQUEZ MARES KARINA GRISELDA en 5,62 IUS, los que al día de la fecha equivalen a la suma de pesos TRESCIENTOS MIL ($300.000) y al Dr. GATICA DAMIAN ANDRES en 36.63 IUS, los que al día de la fecha equivalen a la suma de pesos UN MILLON NOVECIENTOS CINCUENTA MIL ($1.950.000) y por la parte demandada al Dr. RISTICH VERONICA CECILIA en 42.267 IUS, los que al día de la fecha equivalen a la suma de pesos DOS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL CON 0/100 ($2.250.000)... c) Intimar a la parte demandada para que en el plazo de DIEZ DIAS adjunte los correspondientes comprobantes que acrediten el pago de la suma de PESOS $247.500 en concepto de Tasa Retributiva de Servicios Judiciales y la suma de PESOS $12.375 en concepto de Contribución del 5%... d) Hágase saber a las partes que la cancelación del CAPITAL y HONORARIOS profesionales (letrados y peritos) regulados en autos deberá efectuarse MEDIANTE TRANSFERENCIA O DEPÓSITO DIRECTO EN LA CUENTA BANCARIA PERSONAL DE CADA BENEFICIARIO ... debiendo la obligada al pago acreditar en estos actuados la cancelación de los pagos a su cargo de forma inmediata posterior a su efectivización."
- Observación sobre fundamentos: El voto preopinante (Dra. Marasciano) consideró que lo pactado cumple recaudos legales y votó por homologar; los Dres. Vigliarolo y Bordino adhirieron, conformando la mayoría cuyo dispositivo final se transcribe.

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