PALMESANO KARINA GRACIELA C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La actora reclamó indemnización por incapacidad laboral derivada de un accidente de trabajo del 21/12/2022. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró inconstitucional el DNU 669/2019 y artículos limitativos de la actualización, y condenó a la ART a pagar $37.394.782,22 más intereses por incumplimiento.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Karina Graciela Palmesano, representada por Dra. Luciana Andrea Arnal.
Demandado: Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.
Objeto: Cobro de pesos en concepto de indemnización por incapacidad derivada de accidente de trabajo ocurrido el 21 de diciembre de 2022, conforme art. 14 inc. 2 "a" ley 24.557 y complementarias.
Decisión: Se hace lugar a la demanda; se declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del DNU 669/2019 y del segundo párrafo del art. 11 de la ley 27.348 y del art. 7 de la Ley 23.928 (texto según ley 25.561); se condenó a la demandada a pagar a la actora $37.394.782,22 en 10 días; se impusieron las costas a la demandada; se fijaron pautas de pago y regulaciones de honorarios. Por mayoría se determinó que sobre las sumas de capital se adicione un interés puro del orden del 3% anual (el Dr. Gabriele votó por 6%).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo, lenguaje original):
"Por ello, propongo declarar la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del DNU (669/2019) el que en consecuencia, no resulta aplicable en autos."
"Dicho parámetro de actualización del IBM el coeficiente resultante de la variación del índice RIPTE entre la fecha del accidente (Diciembre 2022) y al momento del dictado de la presente resolución de lo que resulta que el ingreso base del trabajador asciende en el caso a la suma de $2.178.420,39 (coef. 9,866), y la formula arroja el siguiente resultado: $2.178.420,39 x 53 x 65/49 x 18,32 % = $28.058.232,45"
"A este importe deberá incorporarse lo establecido por el art. 3 de la Ley 26.773; $28.058.232,45 + $5.611.646,49 (20%) = $33.669.878,94"
"Dicha prestación debe compararse con el mínimo establecido ... resultando: $33.669.878,94 (capital) + $3.724.903,32 (interés) = $37.394.782,22"
"El Tribunal RESUELVE: 1) DECLARAR la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del DNU (669/2019) ... por mayoria, determinar que sobre las sumas de capital se adicione un interés puro del orden del 3% ... 2) HACER LUGAR a la demanda interpuesta por KARINA GRACIELA PALMESANO ... y en consecuencia condenar a la demandada a abonarle ... la suma de PESOS TREINTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y DOS CON 22/00 ($37.394.782,22)."
- Voto en disidencia/particular relevante:
"Adhiero al voto del Dr. Valcarce con la salvedad, no obstante encontrarse alcanzada la mayoría con los votos precedentes, de que entiendo corresponde aplicar un interés puro (conf. art. 767 CCC) del 6% anual." (voto del Dr. Alberto Gabriele; quedó en minoría respecto del interés).
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