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CASCO SANTIAGO ANDRES C/ GRIERSON GERARDO DANIEL Y OTRO/A S/ DESPIDO

Demanda laboral por despido con acuerdo transaccional por monto indemnizatorio. El Tribunal homologó con fuerza de sentencia el acuerdo por PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS MIL ($2.500.000), ordenando su pago en diez cuotas mensuales de $250.000 y condenando en costas a la parte demandada conforme lo pactado.

Proceso laboral Despido Homologacion de acuerdo Transaccion Pago en cuotas ($2.500.000 10 cuotas de $250.000) Costas a la demandada Honorarios regulados Tribunal del trabajo de tandil Art. 15 ley 20.744 Tasa de justicia

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: CASCO SANTIAGO ANDRES. Demandado: GOMEZ YESICA SOLEDAD y GRIERSON GERARDO DANIEL. Objeto: Homologación de acuerdo transaccional en causa por despido por la suma de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS MIL ($2.500.000). Decisión: Homologar con fuerza de sentencia el acuerdo por $2.500.000 pagaderos en DIEZ (10) cuotas mensuales iguales de $250.000; imponer las costas a la parte demandada conforme lo pactado; regular y fijar honorarios de los letrados; ordenar forma de pago y controles de acreditación.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Luego de pormenorizado análisis del acuerdo celebrado por las partes, atento la naturaleza jurídica del convenio, y dado que la parte accionante ha reajustado su pretensión crediticia, encuentro que el mismo establece las bases que permiten asegurar una justa composición de los derechos e intereses de los convinientes, de conformidad con lo establecido en el art. 15 de la ley 20.744 (t.o.).
- Por estas razones me pronuncio en la presente cuestión por la AFIRMATIVA." "Que atento lo resuelto al tratarse y votarse en la segunda cuestión, corresponde declarar válido el acuerdo celebrado por las partes y homologar el mismo con fuerza de Sentencia, a través del cual la parte demandada se obliga a abonar a la parte actora de autos la suma de pesos DOS MILLONES QUINIENTOS MIL ($2,500,000), en concepto de monto transaccional, pagaderos de la siguiente forma: en DIEZ (10) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($250.000) cada una. La primera cuota vencerá a los CINCO (5) días de quedar firme la homologación del presente acuerdo. Las nueve (9) cuotas restantes vencerán en forma mensual y consecutiva, operando el vencimiento de cada una de ellas a los TREINTA (30) días corridos del vencimiento de la cuota inmediatamente anterior, hasta la cancelación total del importe convenido. Los pagos deberán efectuarse mediante depósito o transferencia bancaria en la cuenta de titularidad del trabajador, cuyos datos se denuncian a continuación: Titular: Santiago Andrés Casco, Caja de Ahorro en Pesos. Entidad bancaria: Naranja Digital Compañía Financiera S.A.U. N° de Cuenta: 1896621809. CBU: 4530000800018966218098." "Impónense las costas del presente litigio a la parte demandada de conformidad con lo pactado, sin eximición del pago de la tasa de justicia..." "Los honorarios pactados se ajustan a lo normado en los arts. 16, 21, 22, 23, 25, 28 y 43 de la ley 14.967, por lo tanto se regulan los mismos en los montos consignados en la siguiente liquidación: CAPITAL $2.500.000 HONORARIOS ALEJANDRO JORGE DUFAU 2.34 JUS + 10% HONORARIOS PABLO ENRIQUE RAUL GASPARI 2.34 JUS + 10% HONORARIOS NORBERTO ISMAEL GARCIA 4.69 JUS + 10% Tasa de Justicia $ 55.000 5% s/Tasa de Justicia $ 2.750" Además, el Tribunal ordena: a) pago por transferencia a la cuenta denunciada; b) depósito directo de honorarios en cuenta del letrado; c) que la demandada acredite en 48 hs. ante el tribunal los depósitos; d) intimación para pago de la Tasa de Justicia en 10 días conforme Resolución SC Nº 761/20 SCBA.

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