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DE LOS SANTOS PABLO HERNAN C/ PROVINCIA ART S.A S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

Reclamó la regulación de honorarios por trabajos extrajudiciales en Comisiones Médicas por rechazo de contingencia y determinación de incapacidad. El Tribunal hizo lugar y reguló honorarios por 7,50 JUS en cada expediente a favor del Dr. Pablo Hernán De los Santos, imponiendo su pago a la demandada y las costas a su cargo.

Honorarios Comision medica Ley 14.967 Trabajos extrajudiciales Srt 021049/23 Srt 442459/23 Provincia art s.a. Costas Jus Determinacion judicial de honorarios.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Dr. PABLO HERNAN DE LOS SANTOS. Demandado: PROVINCIA ART S.A. Objeto: Regulación judicial de honorarios profesionales por trabajos extrajudiciales realizados en el marco de las Comisiones Médicas (expedientes SRT 021049/23 y SRT 442459/23) por "RECHAZO DE LA CONTINGENCIA AT/EP y DIVERGENCIA EN LA DETERMINACIÓN DE LA INCAPACIDAD" en favor de THOMAS NATALIA NOELIA. Decisión: Se regulan los honorarios del Dr. Pablo Hernán De los Santos en 7,50 JUS por cada expediente (021049/23 y 442459/23) más el 10% previsto por la ley 10.268 e IVA si corresponde; se imponen las costas a la demandada; se regulan además en 1,45 JUS los honorarios del Dr. Pablo H. De los Santos y de la Dra. Julieta Benvenuto por el trámite de determinación judicial de honorarios extrajudiciales. Pago dentro de diez días de firmeza, con apercibimiento de ejecución.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes): "Que se presenta en autos el Dr. PABLO HERNAN DE LOS SANTOS solicitando se regulen los honorarios profesionales conforme lo establecido en el art. 55 de la Ley 14.967 por su labor llevada a cabo en el ámbito de la Comisión Médica Nº 126 de la ciudad de Tandil, en el marco de los Exptes. administrativos SRT 021049/23 y 442459/23 con motivo de 'RECHAZO DE LA CONTINGENCIA AT/EP y DIVERGENCIA EN LA DETERMINACIÓN DE LA INCAPACIDAD' en favor de THOMAS NATALIA NOELIA." "Por lo que corresponde valorar la actuación profesional en el indicado procedimiento que adquirió singularidad y autonomía permitiendo la obligada y necesaria intervención del profesional letrado, tratándose de una obligación de medios y no de resultados." "REGULAR los honorarios del Dr. PABLO HERNAN DE LOS SANTOS por trabajos extrajudiciales, en la cantidad de en 7.50 Jus por el expediente SRT 021049/23 y en 7.50 JUS por el expediente SRT 442459/23 ... con más el 10% que determina el art. 2 de la ley 10.268 e IVA, en caso de corresponder importe que deberá ser abonado por la demandada, dentro de los DIEZ DÍAS de quedar firme la presente sentencia, bajo apercibimiento de ejecución." "IMPONER las costas a cargo de demandada (art. 24 de la Ley 15057)." (Se transcribe además el artículo 54 de la Ley 14.967 en el fallo respecto de formalidades de notificación y plazos de pago.)
- Votos en disidencia: No consta voto en disidencia; la parte resolutiva final es la que integra la decisión del Tribunal.

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