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BENITO NAHUEL DAMIAN C/MOTORES DAF S.R.L. Y OTRO/A S/ DESPIDO

El actor reclamó indemnizaciones y otros rubros por despido indirecto y falta de registración laboral. El Tribunal hizo lugar a la demanda contra Motores Daf S.R.L., reconoció la relación laboral (01/04/2007-26/04/2017) y condenó a la empresa al pago de $77.863.066 actualizado a la fecha de sentencia, rechazando la demanda contra los codemandados personas físicas.

Despido indirecto Falta de registracion Art. 55 lct Rebeldia Indemnizacion por antiguedad Duplicacion art.15 ley 24.013 Incremento ley 25.323 Certificados art.80 lct Astreintes Responsabilidad societaria negada.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Benito, Nahuel Damián, DNI 35.537.967. Demandado: Motores Daf S.R.L. y, subsidiariamente, Pablo Daniel Calvo; Kevin Daniel Calvo; Griselda Lucía Ochoa. Objeto: Despido indirecto por falta de registración y silencio ante intimaciones; indemnizaciones por antigüedad, preaviso, integración mes de despido, salarios adeudados, SAC, vacaciones, horas extras, multas previstas por Ley 24.013 y agravios conexos; entrega de certificados art. 80 LCT; astreintes; intereses y costas. Reserva de caso federal e impugnación de normas reglamentarias planteadas. Decisión: Se hizo lugar a la demanda contra Motores Daf S.R.L., se tuvo por acreditada la relación laboral desde el 01/04/2007 hasta el 26/04/2017, se reconocieron y liquidaron diversos rubros principales y se condenó a la demandada al pago de PESOS SETENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES MIL SESENTA Y SEIS ($77.863.066) actualizado a la fecha de sentencia; se rechazó la demanda contra los codemandados personas físicas y se rechazaron varios rubros puntuales (art. 80 LCT, art. 8 L.24.013, ciertas vacaciones y SAC reclamados en forma global, tope indemnizatorio art. 245 LCT y prescripción art. 256 LCT). Se dispuso además la entrega de certificados art. 80 LCT con astreintes en caso de incumplimiento y pasó la causa a liquidación.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "La rebeldía en el proceso del demandado según art. 28 ley 11.653 genera una presunción a favor de la veracidad de los hechos lícitos y pertinentes que han sido afirmados por la actora en demanda... no libera al actor de acreditar sus afirmaciones y de aportar a la causa los elementos de convicción que justifiquen la legitimidad de su reclamo (art. 354 inc. 1° del CPCC)." "Acreditada la relación laboral, la falta del libro especial contenido en el art. 52 de la LCT, cuya intimación fue emitida conjuntamente con el traslado de la acción... determina que el demandado no cumplió con la obligación impuesta por el art. 7 de la Ley 24013, quedando acreditada entonces que la relación de trabajo no se encontró registrada y permitió la operatividad del art. 55 LCT respecto de los hechos que debieron consignarse en dichos libros, me permite tener por acreditado la fecha de ingreso desde 1 de abril de 2007 y el salario mensual de $ 20.000." "La falta de registración de la relación laboral constituye, por sí misma, una conducta injuriante de gravedad suficiente que justifica la ruptura del vínculo por exclusiva culpa del empleador... Conforme a lo expuesto, en estos autos quedó acreditada la existencia de la relación laboral, el silencio a las intimaciones actorales y su falta de registración laboral, que habilitan y justifican el despido indirecto dispuesto por la parte actora." "Conforme lo expuesto el capital de sentencia a la fecha de despido (26/04/2017 ) asciende a la suma de PESOS SETECIENTOS OCHENTA Y UN MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 94/100 CENTAVOS ($ 781.299,94) que deberá incrementarse con intereses desde la fecha de despido hasta el efectivo pago... Conforme lo expuesto la demanda prospera por la suma de PESOS SETENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES MIL SESENTA Y SEIS ($ 77.863.066) a la fecha de la presente sentencia, que deberá ser abonada por la demandada Motores Daf S.R.L." "En cuanto al peticionado de extender responsabilidad a Pablo Daniel Calvo, Kevin Daniel Calvo y Griselda Lucía Ochoa... no se produjo prueba que permita establecer que ... fueran socios, administradores o representantes de MOTORES DAF S.R.L., ni la existencia de una actuación personal de éstos susceptible de ser encuadrada en los presupuestos de responsabilidad previstos por la legislación societaria... Corresponde rechazar la demanda promovida contra éstos."
- Votos: La Dra. Maestri fundamentó el fallo; los Dres. Ribó y Maffia adhirieron al mismo sentido. El dispositivo final del Tribunal resolvió en los términos transcritos, siendo la decisión de la mayoría.

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