FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ CARIBONI SILVINA NOELIA S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco provincial promovió apremio provincial para cobrar una deuda tributaria por $777.472,90 más intereses. El Tribunal hizo lugar a la demanda y ordenó llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago, con costas a la demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Demandado: CARIBONI SILVINA NOELIA.
Objeto: Apremio provincial y cobro del capital reclamado por Pesos SETECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS CON 90/100 ($777.472,90) más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal.
Decisión: Hacer lugar a la demanda de apremio, ordenando continuar la ejecución hasta el íntegro pago del capital reclamado y los intereses que se devenguen; costas a la demandada; difiriéndose la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes y citas textuales):
"I. No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, el que se encuentra vencido, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 166 y 155 del CPCC)."
"II. Por ello, de conformidad con lo pedido en el escrito inicial y lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 del CPCC, y el art. 10 de la ley 13.406, FALLO: Hacer lugar a la demanda, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor CARIBONI SILVINA NOELIA haga íntegro pago a su acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES del capital reclamado de Pesos SETECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS CON 90/100 ($777.472,90) con más los intereses que se devenguen conforme lo prescripto en el art. 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Costas a la demandada vencida (art. 68 CPCC); difiriéndose la pertinente regulación de honorarios para el momento procesal oportuno."
"Téngase a la demandada por constituido el domicilio procesal en los Estrados del Juzgado (Art. 41 CPCC y Art. 25 Ley 13.406)."
(Acto administrativo finalizando con registro y notificación electrónica:)
"III. REGISTRESE. NOTIFIQUESE, de conformidad con lo dispuesto en el art. 10 del Anexo único de la Ac. 4013 SCBA, al 20347270483@notificaciones.scba.gov.ar."
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