FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ FABIO FERNANDO BASILIO S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco provincial promovió ejecución por apremio por una deuda tributaria por $279.720,20 más intereses. El Tribunal hizo lugar a la demanda, ordenó la continuación de la ejecución hasta el pago íntegro y condenó en costas a la demandada por no oponer excepciones dentro del plazo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Demandado: FABIO FERNANDO BASILIO.
Objeto: Ejecución por apremio provincial del capital reclamado de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS VEINTE CON 20/100 ($279.720,20) más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda; se ordena llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro; costas a la demandada; regulación de honorarios diferida.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
"I. No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, el que se encuentra vencido, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 166 y 155 del CPCC)."
"II. Por ello, de conformidad con lo pedido en el escrito inicial y lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 del CPCC, y el art. 10 de la ley 13.406, FALLO: Hacer lugar a la demanda, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor FABIO FERNANDO BASILIO haga íntegro pago a su acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES del capital reclamado de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS VEINTE CON 20/100 ($279.720,20) con más los intereses que se devenguen conforme lo prescripto en el art. 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Costas a la demandada vencida (art. 68 CPCC); difiriéndose la pertinente regulación de honorarios para el momento procesal oportuno."
También administrativas y procesales: "Téngase a la demandada por constituido el domicilio procesal en los Estrados del Juzgado (Art. 41 CPCC y Art. 25 Ley 13.406)." y "REGISTRESE. NOTIFIQUESE, de conformidad con lo dispuesto en el art. 10 del Anexo único de la Ac. 4013 SCBA, al 20174196304@NOTIFICACIONES.SCBA.GOV.AR."
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