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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ CAMSHO SA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió apremio provincial contra CAMSHO SA por deuda tributaria por $1.466.464,10. El Tribunal ordenó proceder a la ejecución hasta el pago íntegro y aplicó intereses desde la interposición de la demanda, imponiendo las costas a la vencida y constituyendo domicilio procesal en los estrados.

Apremio provincial Ejecucion Deuda tributaria Fisco provincia de buenos aires Camsho sa Intereses art. 104 codigo fiscal Costas a la vencida Domicilio constituido Ley 13.406 Montos $1.466.464 10.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: CAMSHO SA. Objeto: Ejecución por deuda tributaria por el capital reclamado de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 10/100 ($1.466.464,10) más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (05-06-2026) hasta su efectivo pago. Decisión: Se ordenó llevar adelante la ejecución hasta tanto CAMSHO SA pague íntegramente el monto reclamado con intereses; costas a la vencida; difirió regulación de honorarios; y tuvo por constituido el domicilio de la demandada en los estrados por haber sido anoticiada del apercibimiento. Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de los párrafos más relevantes de la sentencia): "Habiendo sido la demandada CAMSHO SA intimada de pago en el domicilio de SCALABRINI ORTIZ AV. 544 CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES (ver mandamiento acompañado) y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155, concs. del C.P.C.C. y 25 ley 13406). Por ello, conforme lo solicitado, las constancias obrantes en autos y lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concs. del C.P.C.C.," "RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada CAMSHO SA haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires, del capital reclamado de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 10/100 ($1.466.464,10). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/2011) desde la interposición de la demanda, -día 05-06-2026
- y hasta su efectivo pago. 2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (artículos 15 ap. 2º y 22 ley 13.406). 3) Hallándose la demandada debidamente anoticiada del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 25-06-2026, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénese por constituido su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese y Notifíquese (artículos 24 ley 13.406, ley 15007 y Ac. 4013)."

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