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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ESPINOSA FEDERICO DAMIAN S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial para el cobro de obligaciones fiscales. El Tribunal ordenó proceder a la ejecución hasta el pago íntegro de PESOS 398.864,70 más intereses conforme al art. 104 del Código Fiscal desde el 10/04/2024; impone costas a la vencida y constituye domicilio en los estrados.

Apremio provincial Ejecucion fiscal Fisco de la provincia de buenos aires Art. 104 codigo fiscal Intereses Costas a la vencida Domicilio constituido $398.864 70 Intimacion Ley 13.406.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: ESPINOSA FEDERICO DAMIAN. Objeto: Ejecución por capital reclamado de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON SETENTA CENTAVOS ($398.864,70) en sede de apremio provincial, con aplicación de intereses legales. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución ordenada, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada pague íntegramente $398.864,70, con intereses conforme al art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (10/04/2024) y hasta su efectivo pago; costas a la vencida; se constituyó domicilio en los estrados.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción textual de los párrafos más relevantes): "Habiendo sido la demandada ESPINOSA FEDERICO DAMIAN intimada de pago en el domicilio de PACHECO 2645 PISO:4° DEPTO.:1 CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES (ver mandamiento acompañado) y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155, concs. del C.P.C.C. y 25 ley 13406). Por ello, conforme lo solicitado, las constancias obrantes en autos y lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concs. del C.P.C.C., RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada ESPINOSA FEDERICO DAMIAN haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires, del capital reclamado de PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON SETENTA CENTAVOS ($398.864,70). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/2011) desde la interposición de la demanda, -día 10/04/2024
- y hasta su efectivo pago. 2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (artículos 15 ap. 2º y 22 ley 13.406). 3) Hallándose la demandada debidamente anoticiada del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 16/04/2024, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénese por constituido su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese y Notifíquese (artículos 24 ley 13.406, ley 15007 y Ac. 4013)."

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