FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ AMORETTI MARIANO DANIEL S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco provincial promovió apremio provincial contra Mariano Daniel Amoretti por deuda tributaria consignada en Título Ejecutivo N° 1514727. El Tribunal hizo lugar al pedido de ejecución y ordenó llevar adelante el trance y remate hasta satisfacer la deuda de $625.580 más intereses, gastos y costas, disponiendo intimación y constitución de domicilio en estrados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- Quién demanda (Actor)
FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
- A quién se demanda (Demandado)
AMORETTI, MARIANO DANIEL (DNI N° 36.834.882).
- Qué se reclama (Objeto de la demanda)
Ejecución por apremio provincial del capital reclamado conforme al Título Ejecutivo Nro. 1514727, por la suma de pesos SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL QUINIENTOS OCHENTA ($625.580), más intereses previstos por el Código Fiscal, hasta el pago total, y costas/gastos de la ejecución.
- Qué se resolvió (Decisión del tribunal)
Se ordenó continuar la ejecución (trance y remate) hasta tanto la parte ejecutada efectúe el pago íntegro del capital reclamado ($625.580), más intereses, gastos y costas; se difirió la regulación de honorarios; se constituyó domicilio en los estrados del Juzgado; y se dejó constancia de la intimación en domicilio de la calle Alvarado 3975, Mar del Plata.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos)
"No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, se le da por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 155 y ccs. del CPCC)."
"Por ello, conforme lo peticionado y lo dispuesto por el art. 540 in fine del CPCC., FALLO: Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada AMORETTI, MARIANO DANIEL (DNI N° 36.834.882) haga al acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES íntegro pago del capital reclamado por el ejecutante, que asciende a la suma de pesos SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL QUINIENTOS OCHENTA ($ 625.580), -conforme Título Ejecutivo Nro. 1514727-, con más los intereses previstos por el Código Fiscal (arts. 96, 104 y ccdtes. Ley 10.397, t.o. 2011) hasta la fecha de su total y efectivo pago, los gastos y las costas de la ejecución (art. 556 del CPCC)."
"Se difiere la regulación de honorarios para la oportunidad prevista por el art. 51 de la Ley 14.967. Se tiene por constituído el domicilio de la parte ejecutada en los estrados del Juzgado (arts. 7 de la ley 13.406 y 41 del CPCC). Se deja constancia que la diligencia de intimación de pago se ha efectuado en el domicilio de la calle ALVARADO N° 3975 de la ciudad de Mar del Plata (art. 14 Ac. 2514/92). REGISTRESE. NOTIFIQUESE a la parte demandada en los términos previstos por el art. 41 del CPCC (art. 11 inc. a, del Ac. 4039 de la SCBA)."
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