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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ROTATIVOS UNICOM SRL SRL S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución por apremio contra Rotativos Unicom S.R.L. reclamando $12.511.064,10 más intereses. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, ordenó trance y remate hasta satisfacer el crédito, aplicando intereses según el Art. 104 del Código Fiscal e imponiendo las costas a la demandada.

Apremio provincial Ejecucion fiscal Titulo ejecutivo digital Trance y remate Intereses (art. 104 codigo fiscal) Costas Ley 13.406 Cpcc (arts. 41 68 116 155 556) Domicilio constituido Monto $12.511.064 10

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: ROTATIVOS UNICOM S.R.L. Objeto: Ejecución por apremio sobre título ejecutivo digital por la suma de Pesos DOCE MILLONES QUINIENTOS ONCE MIL SESENTA Y CUATRO CON 10/100 ($12.511.064,10) con más intereses, costas y costas. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución; se mandó a trance y remate hasta hacerse al acreedor íntegro pago del capital reclamado y sus intereses; se impusieron las costas a la demandada; se constituyó domicilio en los estrados del Juzgado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes del fallo): "Que habiendo sido intimada al pago en el domicilio FISCAL: CALLE JUAN BAUTISTA VAGO
- NRO. 485
- CP. 1834
- LOC. TEMPERLEY conforme surge del mandamiento obrante en autos, la parte ejecutada no opuso excepciones legítimas dentro del término legal, el cual se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto. En virtud de lo antedicho, se le da por perdido el derecho que tenía para ejercer y que la misma ha dejado de usar (Arts. 116 y 155 del CPCC y Art. 25 de la ley 13.406)." "Por ello, de conformidad con lo pedido y lo dispuesto por los Arts. 1, 7, 10, 11 de la ley 13.406, FALLO: 1) Esta causa de trance y remate, mandando a llevar adelante la ejecución promovida por el FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES contra ROTATIVOS UNICOM S.R.L., hasta hacerse al acreedor íntegro pago del capital reclamado de Pesos DOCE MILLONES QUINIENTOS ONCE MIL SESENTA Y CUATRO CON 10/100 ($12.511.064,10), al que se le aplicarán los intereses establecidos y en la forma determinada por el Art. 104 del Código Fiscal (t.o. Res. 39/2011), desde la interposición de la demanda y hasta su efectivo pago." "2) Imponiendo las costas a la parte demandada, atento su carácter de vencida (Arts. 68 y 556 del CPCC y Art. 25 de la ley 13.406) y difiriendo la regulación de honorarios hasta el momento procesal oportuno." "3) Haciendo efectivo el apercibimiento oportunamente previsto y, en consecuencia, teniendo por constituido el domicilio del demandado en los estrados del Juzgado (Arts. 7, 13 de la ley 13.406 y Art. 41 del CPCC)."

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