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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MARCHIONE LUCAS ARIEL S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió ejecución por apremio provincial para el cobro de deuda fiscal. El Tribunal ordenó proceder a trance y remate, condenó al pago de PESOS 1.444.064,30 más intereses y costas, y tuvo por constituido el domicilio del ejecutado en los estrados del juzgado.

Apremio provincial Ejecucion fiscal Deuda fiscal Trance y remate Constitucion de domicilio en estrados Intereses desde la interposicion Costas Perdida del derecho de defensa por inactividad Codigo fiscal (arts. 32 104 168) Cpc c (arts. 7 41 133 155 556)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: Lucas Ariel Marchione. Objeto: Cobro ejecutivo de deuda fiscal que surge de títulos ejecutivos obrantes en la causa, en la vía de apremio provincial. Decisión: Se hizo lugar a la ejecución y se mandó llevar adelante la ejecución hasta tanto el ejecutado pague íntegramente PESOS UN MILLÓN CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SESENTA Y CUATRO CON TREINTA CENTAVOS ($1.444.064,30) en concepto de capital reclamado, con más sus intereses desde la interposición de la demanda y hasta el efectivo pago; se impusieron costas; se diferenció la regulación de honorarios hasta la existencia de liquidación firme; y se tuvo por constituido el domicilio del demandado en los estrados del juzgado por no haber cumplido con los artículos pertinentes.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "I.
- La parte demandada que fue notificada, bajo responsabilidad del fisco actor, en su domicilio fiscal (art. 32 Código Fiscal T.O 2.011), no ha opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa el actuario en este acto.
- En consecuencia, dásele por perdido el derecho dejado de usar.
- (arts. 7 Ley 13.406 y 155 C.P.C.C.).-" "II.
- Por ello, conforme con lo pedido; la deuda que resulta de los títulos ejecutivos obrantes en la causa, y lo dispuesto por los arts. 104 y 168 del Código Fiscal T. O. 2.011.-" Fallo (texto íntegro de la parte dispositiva relevante): "1º) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada LUCAS ARIEL MARCHIONE haga al acreedor Fisco de la Provincia de Buenos Aires, íntegro pago del capital reclamado de PESOS UN MILLÓN CUATROCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SESENTA Y CUATRO CON TREINTA CENTAVOS ($1.444.064,30) en concepto de capital reclamado, con más sus intereses desde el momento de la interposición de la demanda y hasta el del efectivo pago; en la forma prescripta por el art. 104 del Código Fiscal,
- Con costas (arts. 68 y 556 C.P.C.C.).- 2º) Difiérese la regulación de honorarios del Letrado interviniente hasta tanto obre en autos liquidación firme.-(arts. 51 Ley 14.967 y 22 Ley 13.406).- 3º) No habiendo la parte demandada, dado cumplimiento a lo dispuesto por los arts. 7 Ley 13.406 y 41 del C.P.C.C., tiénesele por constituído el domicilio en los estrados del juzgado.
- (art. 133 C.P.C.C.).-"

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