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MARZANO JOSEFINA C/ AGUAS Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. Y OTRO/A S/ PRETENSION INDEMNIZATORIA - OTROS JUICIOS

La actora reclamó reparación por lesiones sufridas al tropezar con escombros y una zanja en la vereda en obras cloacales. El Tribunal hizo lugar parcialmente a la demanda condenando solidariamente a Municipalidad de Lanús, AYSA S.A. y extensivamente a XAPOR S.A. al pago de $33.200.000 por daño físico, daño moral y gastos, rechazando el reclamo por daño psicológico por falta de prueba.

Pretension indemnizatoria Responsabilidad objetiva Guarda de la cosa Obras cloacales Vez publico/insalubridad Testigos presenciales Pericia medica Dano fisico Dano moral Indemnizacion $33.200.000.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Josefina Marzano, por su propio derecho. Demandado: Aguas y Saneamientos Argentinos S.A. (AYSA S.A.) y la Municipalidad de Lanús; fue citado como tercero XAPOR S.A. Objeto: Pretensión indemnizatoria por daños y perjuicios derivados de una caída ocurrida el 19/04/2018 en la vereda de su domicilio, atribuida a escombros, tierra inestable y falta de señalización por obras de extensión de la red cloacal. Decisión: Se rechazó la excepción de falta de legitimación pasiva de AYSA; se hizo lugar parcialmente a la demanda y se condenó solidariamente a la Municipalidad de Lanús, AYSA S.A. y, en extensión, a XAPOR S.A. al pago de $33.200.000, con intereses calculados según la tasa BIP y costas a las vencidas. Se rechazó el rubro daño psicológico por falta de prueba; se reconocieron daño físico, daño moral y gastos.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "AYSA SA, en su condición de licenciataria y prestataria del servicio público de agua y saneamiento urbano, ejerce la titularidad y la guarda jurídica permanente de toda la infraestructura que compone la red cloacal así como de las excavaciones, zanjas y aperturas que sus operarios o subcontratistas realizan en la vía pública para su mantenimiento, reparación o extensión." "Por lo expuesto considero que esta defensa no ha de prosperar." "En efecto la apertura de una zanja o excavación en la vía pública para la extensión de la red cloacal constituye la introducción de una cosa y una actividad manifiestamente riesgosa en el tránsito peatonal, lo que encuadra en el supuesto de la responsabilidad objetiva consagrada en los artículos 1757 y 1758 del CCyCN, bajo este prisma legal el dueño y el guardián de la cosa responden de manera concurrente por el riesgo creado." "Las declaraciones de los testigos presenciales... resultan contestes y circunstanciadas al describir la acera y su estado, ubicando a la actora en la calle Albarracín 2776... Se advierte que del informe remitido en respuesta al oficio al Servicio de Emergencias 911 surge que el móvil policial se hizo presente en el lugar... dotando de lugar, fecha y hora ciertas al acontecimiento." "La responsabilidad de XAPOR SA reviste carácter objetivo por su condición de guardiana material de la cosa y de la actividad riesgosa desarrollada en la vía pública (art. 1757 y cc del CCyCN). Por ende, el silencio derivado de su incomparencia sumado a los elementos de convicción de la causa, impone concluir que la empresa contratista ejecutó materialmente los trabajos defectuosos y en razón de ello corresponde condenar a XAPOR SA en forma solidaria con la prestataria principal AySA SA, extendiendo los efectos de la presente sentencia a la firma rebelde." "…a raíz del accidente de marras y tal como luce en la pericia médica… corresponde una incapacidad parcial y permanente total del 44 %. …Por ello y teniendo en cuenta lo que surge de la prueba rendida en autos, juzgo equitativo establecer en concepto de daño físico la suma de $ 22.000.000 (pesos veintidós millones)…" "…respecto al daño moral… estimo prudente indemnizar a la Sra. Josefina Marzano en la suma de $11.000.000 (pesos once millones)…" "Al ser el daño psicológico un perjuicio que no se presume y que exige acreditación técnica… la inercia de la actora al consentir el cierre del período probatorio sin instar la producción del dictamen sella la suerte adversa del reclamo. …corresponde rechazar el rubro daño psicológico." FALLO (extracto dispositvo):
- Rechazada la excepción de falta de legitimación pasiva de AYSA.
- Hacerse lugar parcialmente a la pretensión indemnizatoria y condenar solidariamente a Municipalidad de Lanús, AYSA S.A. y extensiva a XAPOR S.A. al pago de $33.200.000.
- Plazo de 60 días para pago tras la liquidación; intereses según tasa BIP; costas a las vencidas.

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