Logo

AGUIRRE FACUNDO SANTIAGO C/ FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ PRETENSION INDEMNIZATORIA - OTROS JUICIOS

El actor promovió demanda contencioso administrativa por daños y perjuicios derivados de una caída sufrida en el Hipódromo de La Plata durante una carrera, reclamando $9.280.000. El Tribunal admitió parcialmente la demanda y condenó al Instituto Provincial de Lotería y Casinos a pagar $7.463.760 más intereses, extendiendo la condena a la aseguradora hasta el límite de la póliza.

Responsabilidad objetiva Ley 13.253 (turf) art. 22 Hipodromo Riesgo creado Dano fisico (incapacidad 6%) Dano moral Dano psiquico (tept Tratamiento) Lucro cesante (112 dias) Extension a aseguradora (art.118 ley 17.418) Intereses desde el hecho (14-4-2022).

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Facundo Santiago Aguirre, jockey con licencia profesional. Demandado: Instituto Provincial de Lotería y Casinos de la Provincia de Buenos Aires (Organizador/explotador del Hipódromo de La Plata). Citada en garantía: Provincia Seguros S.A. Objeto: Resarcimiento por daños y perjuicios derivados de la caída del caballo Veloss Seattle el 14-4-2022, con reclamo principal de $9.280.000 por incapacidad, daño moral, daño psíquico, lucro cesante, gastos médicos, intereses y costas. Decisión: Se admite parcialmente la acción y se condena al Instituto Provincial de Lotería y Casinos a pagar $7.463.760, con intereses desde el 14-4-2022 (6% anual hasta la sentencia y luego tasa pasiva más alta del Banco Provincia) y costas a la demandada; se extiende la condena a Provincia Seguros S.A. hasta el límite de la Póliza Nº 95242 en los términos del art. 118 Ley 17.418. Regulación de honorarios postergada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del decisorio, lenguaje original del Tribunal): "El deber de seguridad invocado por la actora en su escrito de inicio, resulta implícitamente de un mandato inequívoco previsto en el art. 22 de la Ley 13.253 (Ley provincial del turf). Dicha norma establece que los Hipódromos Oficiales de la Provincia de Buenos Aires ... 'tomarán a su cargo las indemnizaciones por cualquier contingencia que genere responsabilidad hacia terceros, por hechos ocurridos durante el desarrollo de las competencias hípicas y/o en el entrenamiento de los caballos Sangre Pura de Carrera efectuados en sus dependencias, a cuyo efecto deberán contratar los pertinentes seguros'. ... la entidad organizadora del espectáculo deportivo por el que se obtiene un lucro económico, y que a la vez genera riesgos, tiene el deber de tomar todas las medidas necesarias para que el evento se desarrolle normalmente." "En la presente contienda carece de significación la demostración cabal del mal estado de la pista al momento del accidente, toda vez que 'las imputaciones ... no transitaron solo en indicar ese hecho, sino en la responsabilidad objetiva y presumida que le corresponde como organizador controlador y explotador de esta actividad'. ... la responsabilidad objetiva y presumida que le corresponde al demandado ... determina la inversión de la carga probatoria a fin de demostrar de qué modo la víctima o un tercero han contribuido a originar los daños invocados, circunstancia sobre la cual ninguna prueba ha ofrecido y por lo tanto no es de recibo la alegada la culpa de la víctima y de terceros." "Con respecto a las costas, corresponde que sean impuestas a la demandada vencida en el proceso (art. 51 inc. 1 de la Ley 12.008, texto según Ley 14.437)."
- Párrafo dispositvo (FALLO) relevante (texto final que fija la decisión mayoritaria): "1. Admitiendo parcialmente la acción contencioso administrativa promovida contra el Instituto Provincial de Lotería y Casinos de la Provincia de Buenos Aires, condenándolo a pagar al Sr. Facundo Santiago Aguirre la suma de pesos siete millones cuatrocientos sesenta y tres mil setecientos sesenta ($ 7.463.760), con más los intereses, que habrán de calcularse desde el día del evento dañoso (el día 14-4-2022) y hasta el día de la fecha en un 6%, y de aquí hasta su efectivo pago mediante la utilización de la tasa pasiva más alta fijada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires ... 2. Imponiendo las costas a la demandada vencida ... 3. Haciendo extensiva la condena a la citada en garantía Provincia Seguros S.A., hasta el límite de la Póliza N° 95242 (conf. art. 118 de la Ley 17.418)."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar