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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MULLER CARLOS ENRIQUE S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial contra Carlos Enrique Muller por deuda fiscal. El Tribunal dictó sentencia de trance y remate ordenando la ejecución hasta que Muller pague íntegramente $1.145.390,40 más intereses conforme al artículo 104 del Código Fiscal, imponiendo costas al vencido.

Apremio provincial Ejecucion fiscal Trance y remate Fisco de la provincia de buenos aires Deuda fiscal $1.145.390 40 Art. 104 codigo fiscal Constitucion de domicilio Costas al vencido Ley 13.406 Cpcc.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: CARLOS ENRIQUE MULLER. Objeto: Ejecución de deuda fiscal por capital reclamado de Pesos UN MILLON CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS NOVENTA CON 40/100 ($1.145.390,40) más intereses conforme artículo 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Decisión: Se tuvo por constituido el domicilio del ejecutado en los estrados del Juzgado, se dictó sentencia de trance y remate para llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro de $1.145.390,40 con intereses legales, y se impusieron las costas al vencido, difiriendo la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos literalmente): "El demandado CARLOS ENRIQUE MULLER, cuya intimación de pago y de constitución de domicilio fue realizada en el domicilio Fiscal: Calle FLORIDA
- Nro. 64
- CP. 8000
- Loc. BAHIA BLANCA (ver mandamiento adjuntado digitalmente), no ha opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido. Dásele por perdido, en consecuencia, el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del CPCC)." "1) Tener por constituido el domicilio de la parte ejecutada en los estrados del Juzgado (arts. 7, Ley 13.406 y 41 del CPCC)." "2) Dictar sentencia de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado CARLOS ENRIQUE MULLER haga íntegro pago al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, del capital reclamado de Pesos UN MILLON CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS NOVENTA CON 40/100 ($1.145.390,40). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (TO Resolución 39/11) desde la fecha de interposición de la demanda y hasta su efectivo pago." "3) Imponer las costas al vencido (arts. 25, Ley 13.406 y 556, CPCC) y diferir la regulación de honorarios para su oportunidad."

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