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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ PEREZ MARIA EUGENIA S/ APREMIO PROVINCIAL

Apremio provincial contra Maria Eugenia Pérez por deuda fiscal por $925.833,20. El Tribunal dictó sentencia de trance y remate ordenando la ejecución hasta el pago íntegro y constituyó domicilio de la ejecutada en los estrados del Juzgado, imponiendo las costas al vencido.

Apremio provincial Ejecucion fiscal Sentencia de trance y remate Domicilio constituido Intereses art. 104 codigo fiscal Costas al vencido Ley 13.406 Monto $925.833 20 Incumplimiento de excepciones Cpcc.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES. Demandado: MARIA EUGENIA PEREZ. Objeto: Ejecución por deuda fiscal por el capital reclamado de Pesos NOVECIENTOS VEINTICINCO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y TRES CON 20/100 ($925.833,20) con intereses conforme art. 104 del Código Fiscal (TO Resolución 39/11) desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Decisión: Se tuvo por constituido el domicilio de la parte ejecutada en los estrados del Juzgado; se dictó sentencia de trance y remate mandando llevar adelante la ejecución hasta el íntegro pago del monto reclamado; se impusieron las costas al vencido y se diferirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes y citas textuales): "El demandado MARIA EUGENIA PEREZ, cuya intimación de pago y de constitución de domicilio fue realizada en el domicilio Fiscal: Calle FELIPE DELUSTER
- Nro. 889
- CP. 8153
- Loc. MONTE HERMOSO (ver mandamiento adjuntado digitalmente), no ha opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido. Dásele por perdido, en consecuencia, el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 155 del CPCC). Por ello, conforme lo pedido y dispuesto por la Ley 13.406, RESUELVO: 1) Tener por constituido el domicilio de la parte ejecutada en los estrados del Juzgado (arts. 7, Ley 13.406 y 41 del CPCC). 2) Dictar sentencia de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado MARIA EUGENIA PEREZ haga íntegro pago al accionante, FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, del capital reclamado de Pesos NOVECIENTOS VEINTICINCO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y TRES CON 20/100 ($925.833,20). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (TO Resolución 39/11) desde la fecha de interposición de la demanda y hasta su efectivo pago. 3) Imponer las costas al vencido (arts. 25, Ley 13.406 y 556, CPCC) y diferir la regulación de honorarios para su oportunidad." (Bloque dispositivo final reproducido tal cual por ser el mandato de la decisión.)

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